Un conductor deberá cubrir de por vida la atención médica de un motociclista
La Justicia Civil de Comodoro Rivadavia responsabilizó al conductor de una camioneta por un siniestro vial ocurrido en 2012 y ordenó una indemnización que cubre tratamientos y asistencia vitalicia para la víctima.
La Justicia Civil de Comodoro Rivadavia dictó una sentencia en la que condenó al conductor de una camioneta a afrontar de por vida los gastos médicos y de asistencia de un motociclista que sufrió lesiones gravísimas tras un siniestro vial ocurrido en 2012.
El fallo fue emitido el pasado 2 de febrero por la jueza María Valeria Freile, titular del Juzgado Civil local, en el marco de una demanda presentada por la madre de la víctima, quien tenía 19 años al momento del hecho. El joven circulaba correctamente a bordo de una motocicleta Honda cuando fue embestido por una camioneta Ford Ranger que realizó un giro imprudente hacia la izquierda.
Según quedó acreditado durante el proceso judicial, el siniestro ocurrió en julio de 2012 en la intersección de las calles 10 de Noviembre y Francisco de Asís. Como consecuencia del impacto, el motociclista sufrió traumatismos severos que derivaron en una incapacidad total e irreversible, con una afectación permanente de su autonomía y su proyecto de vida.
A partir del análisis de pericias médicas y otras pruebas incorporadas a la causa, la magistrada determinó que la víctima presenta una incapacidad del 91,2%, lo que implica la necesidad de tratamientos neurológicos y kinesiológicos, medicación y asistencia permanente durante toda su vida.
La sentencia hizo lugar a la demanda y ordenó una reparación integral que asciende a una suma millonaria, incluyendo los intereses acumulados desde el año del accidente. El monto fue calculado en base a la proyección de los costos de salud, cuidado y asistencia que el damnificado requerirá a lo largo de las próximas décadas.
El fallo, que corresponde a una decisión de primera instancia y puede ser revisado en etapas posteriores, destacó la responsabilidad del conductor por haber generado una situación de riesgo extremo. Además, remarcó que la indemnización no solo contempla el daño físico, sino también el padecimiento espiritual y la necesidad de garantizar una cobertura prestacional permanente que asegure condiciones de vida dignas para la víctima.







