La justicia española condenó a Glovo y reavivó el debate laboral de plataformas en Argentina
Un reciente fallo judicial en España asestó un duro golpe al modelo de negocio de las plataformas digitales, al condenar a Glovo por haber mantenido a 3.572 repartidores bajo la figura de "falsos autónomos" entre 2015 y 2018
Esta sentencia, que ordena su regularización como trabajadores dependientes, resuena con fuerza en Argentina, donde el Congreso se prepara para una nueva discusión legislativa sobre la situación de los trabajadores de la "gig economy".
El Juzgado de lo Social N°11 de Barcelona determinó que Glovo ejercía un control laboral encubierto sobre sus repartidores, quienes no tenían autonomía real para organizar su trabajo, negociar condiciones o cobrar directamente de los clientes. El fallo destacó el poder efectivo de la empresa, manifestado en asignaciones algorítmicas, supervisión constante y mecanismos de sanción, elementos que demuestran una relación de dependencia disfrazada. Aunque la sentencia no es definitiva y puede ser apelada, su confirmación implicaría para Glovo el pago de millonarias cotizaciones sociales adeudadas por esos años.
El auge de plataformas como Pedidos Ya, Rappi, Uber y Cabify generó en Argentina un vacío normativo significativo. A pesar de que algunas jurisdicciones han dictado regulaciones locales, el país carece de una ley nacional que defina el estatus laboral de estos trabajadores.
Durante la gestión de Alberto Fernández, el Ministerio de Trabajo intentó saldar esta deuda con el impulso del "Estatuto del Trabajador de Plataformas Digitales Bajo Demanda". Este proyecto proponía otorgar a los repartidores y conductores beneficios equiparables a los de un empleo registrado, incluyendo salario mínimo, vacaciones pagas, licencias e indemnizaciones. Sin embargo, la irrupción de la pandemia de COVID-19 frenó su tratamiento parlamentario y la iniciativa terminó archivada.
Actualmente, el debate legislativo se reabre en el Congreso, con una propuesta de la Coalición Cívica que se inclina en sentido opuesto. Esta nueva iniciativa busca reconocer explícitamente el carácter independiente de quienes operan a través de plataformas digitales. El proyecto en tratamiento establece que los trabajadores de aplicaciones no son empleados en relación de dependencia, sino prestadores de servicios autónomos. Los puntos clave que definen esta categoría son: la autonomía para gestionar el tiempo de conexión, la libertad para operar en varias plataformas y la posibilidad de rechazar encargos sin penalización.
Aun así, la propuesta de la Coalición Cívica impone a las empresas de aplicaciones la obligación de brindar información clara sobre pagos, seguridad, condiciones y cálculo de ingresos. Asimismo, exige garantizar canales de atención humana, capacitación periódica y mínimos de descanso, estableciendo un período de al menos 12 horas de desconexión cada 24 horas.
Con información de IProfesional





