La SSN habilitó a aseguradoras y reaseguradoras a operar cauciones bursátiles en dólares

La resolución 668/2025 autoriza el uso de títulos públicos propios como garantía en el mercado de capitales. El producido solo podrá destinarse a la suscripción de bonos soberanos en moneda extranjera.


La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) habilitó a las compañías de seguros y reaseguros a realizar operaciones de caución bursátil en dólares utilizando títulos públicos de sus propias carteras, según confirmó Noticias Argentinas.

La medida, formalizada mediante la resolución 668/2025, permite que esos títulos se empleen como garantía ante el mercado financiero. Sin embargo, la norma establece un condicionamiento clave: el dinero resultante de las operaciones únicamente podrá usarse para suscribir bonos soberanos en moneda extranjera emitidos por el Estado Nacional.

Además, el organismo regulador fijó un límite:
el total afectado a cauciones no podrá superar el 20% del valor de la cartera de títulos públicos elegibles de cada aseguradora, con el fin de reducir riesgos y garantizar que la mayor parte de los activos siga respaldando los compromisos con los asegurados.

Los bonos adquiridos a partir de estas operaciones serán computables para el cálculo de capitales mínimos y para la cobertura de compromisos prevista en el artículo 35 de la Ley 20.091, lo que refuerza el esquema de solvencia del sector.

La SSN también exigió mayor transparencia contable: las aseguradoras deberán identificar explícitamente en las notas de sus estados contables qué títulos se utilizaron como caución y el pasivo asociado, detallando especie, valor nominal y condiciones.

La resolución fue firmada por el superintendente Guillermo Plate.

AgenciaNA

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