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Esquel: Ratifican condena por abuso tras detectar que la retractación fue producto de presión familiar

Los jueces invalidaron un video presentado por la defensa donde la menor se desdecía, advirtiendo que fue filmado de forma ilegal y bajo un severo hostigamiento del entorno familiar

En una resolución que sienta un precedente crucial sobre la protección de las infancias en el sistema judicial, la Cámara Penal de Esquel confirmó por unanimidad la sentencia contra un hombre hallado culpable de abusar sexualmente de su sobrina menor de edad. El fallo no solo ratifica la pena de diez años de prisión efectiva, sino que desarticula una maniobra de la defensa que pretendía utilizar la vulnerabilidad de la víctima para anular el juicio.

El video de la polémica: ilegalidad y revictimización

El eje del recurso presentado por la defensa del imputado -cuya identidad se mantiene en reserva para proteger a la joven- se centraba en una grabación privada. En dicho video, realizado tras el veredicto del jurado popular, la adolescente afirmaba haberse "equivocado" en su denuncia inicial.

Sin embargo, los magistrados fueron categóricos al rechazar la prueba por considerarla ilegítima. El video fue registrado en el estudio de un abogado particular, sin supervisión de la Fiscalía ni presencia de psicólogos especializados. La Cámara calificó este acto como una grave violación a los protocolos de protección de menores, recordando que la ley prohíbe terminantemente que el defensor de un agresor entreviste a solas a la víctima.

El peso del entorno: "Retractarse es esperable"

Uno de los puntos más destacados del fallo es el análisis psicológico y social del fenómeno de la retractación en casos de abuso intrafamiliar. Los jueces explicaron que, en estos contextos, es común que las víctimas intenten dar marcha atrás debido a la presión del entorno.

En este caso particular, la Fiscalía logró demostrar que la adolescente era blanco de un fuerte hostigamiento familiar, donde se la culpabilizaba por la detención de su tío. Para la Justicia, este clima de coerción anula cualquier validez de la nueva versión, entendiendo que el cambio de relato no fue un acto de libertad, sino una respuesta al miedo y la presión social.

Ratificación del proceso y registro de ADN

La Cámara también desestimó los cuestionamientos sobre la imparcialidad del juez técnico que dirigió el juicio por jurados, asegurando que el proceso fue transparente y garantizó los derechos de todas las partes.

Además de confirmar la reclusión, el tribunal ordenó la inscripción inmediata del condenado en el Registro de Identificación Genética (REDIS), una medida clave para el control de reincidentes en delitos contra la integridad sexual.

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