Tuvo un hijo con una menor y le quitaron todos los derechos parentales
El fuero de Familia dictó la titularidad exclusiva de la crianza a la madre, tras comprobar el abandono total del padre hacia el hijo nacido producto del delito.
El fuero de Familia de Cipolletti emitió un fallo que privó de la responsabilidad parental a un hombre condenado hace diez años por estupro, tras mantener relaciones sexuales con una adolescente de 15 años, que resultaron en el nacimiento de un niño en enero de 2015.
La jueza fundamentó la decisión en el artículo 700 inciso b del Código Civil y Comercial, por abandono del progenitor, quien "no mantuvo vínculo afectivo, económico ni participó en la crianza desde el nacimiento del menor".
La madre relató que el embarazo fue producto del estupro por el cual el hombre fue condenado. Aunque el acusado reconoció legalmente al niño, "solo lo vio una vez y nunca ejerció sus derechos parentales ni brindó apoyo".
La familia materna fue la encargada del cuidado del niño, mientras que la madre enfrentó "dificultades para realizar trámites que requerían la firma de ambos padres".
El hombre aceptó la privación de sus derechos parentales, alegando que "las medidas restrictivas impuestas durante el proceso penal le impedían acercarse al niño" y manifestó que "no deseaba perjudicar su desarrollo".
Además, se consideró la opinión del niño, expresada con el acompañamiento de la Defensora de Menores.
La jueza concluyó que "el abandono afectaba negativamente el desarrollo integral del niño" y que las decisiones debían velar "por su interés superior", en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño y la legislación nacional.
Por ello, se otorgó la responsabilidad parental exclusivamente a la madre, y la sentencia ordenó que esta situación quede registrada como nota marginal en la partida de nacimiento.
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