Chubut les pone un límite de un año a los jueces de refuerzo y obliga al Superior Tribunal a decir qué va a hacer si las causas se siguen acumulando
La nueva ley fija un plazo que no se puede prorrogar y exige estudiar la creación de nuevos juzgados cuando el atraso no se resuelve. Los refuerzos que ya estaban trabajando siguen hasta terminar sus causas. El castigo por no dictar sentencia a tiempo, perder los honorarios de esas causas, ya existía.
Cuando un juzgado no da abasto y las causas se amontonan, Chubut tiene una herramienta: nombrar un juez de refuerzo que ayude al titular a sacar los expedientes atrasados. Hasta ahora, el Superior Tribunal de Justicia podía prorrogar esos refuerzos todo el tiempo que considerara necesario. Desde este mes, no: la Ley V N° 205, publicada en el Boletín Oficial el 6 de noviembre, establece que un juez de refuerzo dura como máximo un año desde que asume, y que ese plazo no se puede extender. La ley fue sancionada el 15 de octubre y promulgada el 30 por el Decreto 1726.
El cambio más importante es lo que pasa cuando el año termina y el problema sigue. En ese caso, el Superior Tribunal tiene 60 días para responder una pregunta que hasta ahora nadie le exigía responder: ¿hacen falta nuevos juzgados o cámaras? Para eso debe armar un informe con las causas que entraron y las que se resolvieron, la carga de trabajo del juzgado y qué resultado dio el refuerzo. Si concluye que hacen falta nuevos juzgados, tiene que mandar el proyecto de ley a la Legislatura. Si concluye que no, tiene que explicar por qué. La ley no crea juzgados por sí sola, pero termina con la posibilidad de tapar un problema permanente con parches que se renuevan sin plazo.
En Comodoro Rivadavia el mecanismo tiene un ejemplo reciente. Por el Acuerdo Plenario 5631/2026, el Superior Tribunal le pasó al juez laboral de refuerzo Miguel Ángel Medina Insúa expedientes de los juzgados laborales 1, 2 y 3 que habían quedado sin resolver cuando María Victoria Tapia dejó su cargo para asumir como jueza del Juzgado Laboral N° 1 de Trelew. Eran causas de trabajadores: accidentes de trabajo, cobro de pesos, indemnizaciones. Es decir, detrás de cada expediente atrasado hay un trabajador o un empleador esperando una sentencia. Lo que esa reasignación no dice es cuánto demoró cada causa ni quién es responsable de la demora.
Los refuerzos que ya estaban en funciones no se van al cumplir doce meses: la ley aclara que siguen con las causas que tienen asignadas hasta que terminen o dicten sentencia, con las condiciones de su designación original. El tope de un año rige para los nombramientos nuevos.
La ley también ordena cómo se les paga. Los honorarios se liquidan mes a mes según el trabajo hecho, con un tope que es el sueldo del cargo que refuerzan, pero sin contar la antigüedad ni los adicionales personales del titular. Si el refuerzo es un funcionario judicial, cobra solo la diferencia entre su sueldo básico y el de juez.
Y se mantiene una regla que ya existía: si el juez ve que no va a llegar a dictar sentencia en el plazo legal, tiene que avisar diez días antes y justificarlo. Puede pedir una sola prórroga. Si no avisa o no falla a tiempo, pierde los honorarios que le faltaban cobrar por esas causas.
Lo que la reforma vale se va a ver en los expedientes: cuántas causas resuelve cada refuerzo, cuánto bajan las demoras y qué hace el Superior Tribunal cuando, al cabo de un año, la ayuda transitoria deja de ser transitoria.