Deudas de tarjeta de crédito: cuánto tiempo tienen los bancos para reclamar y qué dice la ley
La norma indica que los bancos cuentan con un año para iniciar un juicio ejecutivo y tres años para reclamar la deuda por la vía ordinaria.
Muchas personas que no pueden seguir pagando sus tarjetas desconocen que la Ley 25.065 establece plazos precisos para que las entidades financieras inicien acciones legales. La norma indica que los bancos cuentan con un año para iniciar un juicio ejecutivo y tres años para reclamar la deuda por la vía ordinaria.
La prescripción no elimina la deuda, pero sí impide que el banco la ejecute judicialmente si deja pasar los plazos. El artículo 47 de la ley es claro: el reclamo por "acción ejecutiva" prescribe al año desde que la deuda entra en mora, y la "acción ordinaria" vence a los tres años.
El juicio ejecutivo es un trámite judicial acelerado que permite cobrar más rápido. Si la entidad no lo presenta dentro del primer año, pierde esa vía. Después puede optar por un juicio ordinario, que tiene un plazo máximo de tres años desde que la deuda se hizo exigible. Pasado ese tiempo, ya no puede avanzar legalmente para exigir el cobro.
Sin embargo, esos plazos pueden interrumpirse. La prescripción se reinicia si el banco envía una intimación formal -como una carta documento- o si la persona deudora reconoce la deuda con un pago parcial o firmando un plan. Por eso es clave no confundir prescripción con eliminación de la obligación, ya que el monto puede seguir figurando en registros o bases privadas, aunque no pueda reclamarse en la Justicia.