Ley de Financiamiento

Financiamiento universitario: la Corte Suprema rechazó un recurso del Gobierno y dejó firme la cautelar a favor de las universidades

El máximo tribunal desestimó el planteo de la Casa Rosada y validó la orden judicial de actualizar salarios y programas estudiantiles. Si bien Nación ya había acordado fondos el pasado 10 de junio, el fallo representa un fuerte respaldo político y jurídico a la ley de financiamiento.

La pulseada judicial y política por el presupuesto de las universidades públicas sumó este jueves un capítulo fundamental. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la medida cautelar que obliga al Estado Nacional a aplicar de manera inmediata dos artículos centrales de la Ley de Financiamiento Universitario (N.º 27.795).

Con la firma de sus tres ministros -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti-, el máximo tribunal desestimó el recurso de queja presentado por el Poder Ejecutivo, argumentando que no se dirige contra una sentencia definitiva. De esta manera, la Corte ratificó el fallo de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo que le había ordenado al Gobierno recomponer de forma urgente los ingresos de la comunidad educativa superior.

El origen del conflicto: un decreto bajo la lupa

La batalla legal comenzó a raíz de un amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) junto a diversas casas de altos estudios del país. Las instituciones educativas demandaron al Estado con el objetivo de declarar la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025. Mediante esa normativa, el Ejecutivo había supeditado la aplicación de la ley a que primero se determinaran las fuentes de financiamiento específicas, frenando en los hechos el flujo de fondos que el Congreso ya había ratificado tras rechazar un veto presidencial previo.

Ante el riesgo inminente de parálisis, la justicia federal dictó una medida cautelar enfocada de forma exclusiva en dos puntos críticos:

Artículo 5: Obliga a la actualización urgente de los salarios del personal docente y no docente, tomando como referencia el desfasaje acumulado desde el 1 de diciembre de 2023.

Artículo 6: Exige la recomposición y el sostenimiento de los programas de asistencia y bienestar destinados al estudiantado.

Al otorgar la cautelar, los tribunales inferiores habían advertido que el congelamiento de fondos amenazaba de forma directa con un "deterioro salarial que afecta el derecho constitucional de enseñar y aprender", señalando además que el ahorro pretendido por la Casa Rosada no resultaba verdaderamente significativo para el presupuesto global de la Administración Pública Nacional.

Sin impacto económico inmediato, pero con un fuerte peso simbólico

En términos estrictamente financieros, la resolución firmada por la Corte Suprema no generará un desembolso nuevo e inmediato de dinero. Esto se debe a que el pasado 10 de junio de 2026, el Gobierno Nacional -a través de la Subsecretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Capital Humano- ya había firmado un acta acuerdo con el CIN y los gremios frente a la inminencia del revés judicial.

Aquel acuerdo político estableció una serie de compromisos presupuestarios concretos:

Un incremento de la masa salarial del 24,33% (que contempla la inflación acumulada a mayo y un 7% a cuenta de la pérdida del poder adquisitivo de 2024).

Una suba del 20% en las partidas destinadas a gastos de funcionamiento.

Una ampliación presupuestaria de hasta $50.000.000.000 para el sostenimiento de los hospitales universitarios.

Un aumento del 50% en los montos de las Becas Manuel Belgrano a partir del mes de junio.

A pesar de que los fondos ya estaban encauzados políticamente bajo una tregua paritaria que se mantendrá en cuarto intermedio hasta el 15 de septiembre, el pronunciamiento de la Corte Suprema posee una altísima carga política: funciona como un aval institucional e implícito a la Ley de Financiamiento Universitario.

Estrategia defensiva rechazada

Para intentar frenar el avance de la causa, los abogados del Estado Nacional habían desplegado una agresiva estrategia que incluyó la recusación de los jueces de cámara y un pedido formal de excusación para los propios miembros de la Corte Suprema, bajo el argumento de que los magistrados ejercen la docencia en universidades públicas y tenían un "conflicto de interés".

Sin embargo, el máximo tribunal barrió con ese planteo al considerarlo inadmisible, cerrando de forma definitiva la discusión sobre la medida de emergencia. De ahora en más, el expediente principal -que debe resolver de fondo si el restrictivo decreto del Poder Ejecutivo es constitucional o no- continuará su trámite por carriles separados en la justicia contencioso administrativa.

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