Intendentes y presidentes de comunas podrán ser reelectos indefinidamente en Chubut: se promulgó la ley
La reforma que elimina los límites a la reelección de intendentes de municipios sin Carta Orgánica y de presidentes de comunas rurales ya se encuentra vigente en Chubut. El gobernador promulgó la norma mediante el Decreto N.º 950 y su publicación en el Boletín Oficial la incorporó formalmente al ordenamiento jurídico como Ley XVI N.º 107.
La iniciativa había sido aprobada por la Legislatura provincial el pasado 2 de julio y modifica dos normas: la Ley XVI N.º 46, que regula los municipios sin Carta Orgánica, y la Ley XVI N.º 105, referida a las comunas rurales.
La nueva legislación establece que los intendentes y concejales serán elegidos de manera directa por el electorado de cada corporación municipal, ejercerán sus cargos durante cuatro años y podrán ser reelectos. Con esta modificación desaparece el límite que impedía la reelección indefinida de los jefes comunales alcanzados por esa normativa.
Promulgación y entrada en vigencia
Luego de la sanción legislativa, el gobernador promulgó la ley a través del Decreto N.º 950, firmado el 7 de julio de 2026.
El decreto oficializó el proyecto aprobado por la Legislatura y ordenó su publicación en el Boletín Oficial, instancia que le otorgó plena vigencia.
Fuerte oposición por parte de la UCR
La eliminación de los límites a las reelecciones despertó fuertes posiciones encontradas dentro del escenario político provincial. Desde distintos sectores de la oposición, particularmente de la Unión Cívica Radical, cuestionaron la medida al sostener que debilita el principio de alternancia democrática y afecta la calidad institucional.
En cambio, quienes impulsaron y respaldaron la iniciativa argumentaron que la continuidad de los funcionarios debe quedar exclusivamente en manos del electorado, que tiene la posibilidad de ratificar o reemplazar a sus autoridades a través del voto.