La Corte Suprema falló contra Chubut y declaró inconstitucional un impuesto aplicado al petróleo exportado
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió a favor de YPF y declaró inconstitucional un criterio fiscal aplicado por la provincia de Chubut en el cobro del impuesto sobre los Ingresos Brutos, al considerar que generaba una discriminación contra el comercio interprovincial.
El fallo se dio en el marco de una demanda iniciada por la petrolera contra la provincia, en la que cuestionó la inclusión en la base imponible del tributo de los ingresos derivados de exportaciones de hidrocarburos que, si bien eran extraídos en Chubut, eran procesados fuera de la jurisdicción.
Según argumentó la empresa, ese esquema implicaba un trato desigual respecto de las operaciones realizadas íntegramente dentro de la provincia, donde dichas exportaciones no eran alcanzadas por el impuesto.
El máximo tribunal -con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- coincidió con ese planteo y concluyó que la medida vulneraba la Constitución Nacional.
"Los actos de la Provincia del Chubut conllevan una discriminación fiscal en contra del comercio interprovincial", señalaron los jueces.
En esa línea, remarcaron que las provincias no pueden aplicar cargas tributarias que afecten de manera desigual el comercio entre jurisdicciones.
El fallo también sostuvo que no corresponde gravar de forma distinta al petróleo exportado según el lugar donde haya sido procesado o almacenado, ya que ello rompe con el principio de igualdad en el sistema tributario.
De esta manera, la Corte hizo lugar a la demanda de YPF y declaró inválidas las resoluciones provinciales que sostenían ese criterio.
La decisión representa un nuevo capítulo en los conflictos entre provincias y empresas por la aplicación de impuestos en actividades vinculadas a la producción y exportación de hidrocarburos.
Fuente: Infobae