La reforma laboral fue promulgada y ya rige para el empleo privado en todo el país
La denominada Ley de Modernización Laboral fue publicada en el Boletín Oficial y comenzó a aplicarse este viernes. Introduce cambios en indemnizaciones, jornada laboral, salarios y funcionamiento sindical.
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, aprobada recientemente por el Congreso, que introduce una serie de cambios en el sistema laboral argentino y comenzó a regir desde esta madrugada para el empleo privado.
La norma fue registrada como Ley Nº 27.802 y quedó oficializada a través del Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
"En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación", señala el decreto de promulgación.
El texto definitivo de la ley quedó compuesto por 25 capítulos y fue revisado por el Poder Ejecutivo antes de su publicación. Durante ese proceso se eliminaron algunos artículos, entre ellos los que proponían modificaciones en el régimen de licencias médicas.
La reforma introduce cambios en distintos aspectos del régimen laboral, entre ellos indemnizaciones por despido, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos colectivos, funcionamiento sindical y programas de formalización del empleo.
Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la norma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido.
El nuevo esquema establece que la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en el convenio colectivo de la actividad, mientras que el piso mínimo será del 67% de la remuneración habitual.
Además, se excluyen del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios.
La ley también habilita que las grandes empresas puedan pagar indemnizaciones en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes podrán hacerlo hasta en 12 cuotas.
Otro de los cambios es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con el 1% de las contribuciones patronales en grandes empresas y el 2,5% en pymes, con el objetivo de garantizar el pago de indemnizaciones.
En materia salarial, se incorpora la figura del "salario dinámico", que permite vincular la remuneración al rendimiento o mérito individual según lo pactado en los convenios colectivos.
También se establece que los salarios deberán abonarse exclusivamente por vía bancaria.
Vacaciones y jornada laboral
La ley mantiene la obligatoriedad de otorgar vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores puedan acordar su fraccionamiento, siempre que el período no sea inferior a siete días corridos.
En cuanto a la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extenderla hasta 12 horas diarias, siempre que exista acuerdo voluntario en esquemas flexibles como bancos de horas y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos.
La norma también incorpora la opción de contratar trabajadores a tiempo parcial, por debajo de la jornada legal completa.
Cambios en derechos colectivos y sindicatos
La reforma mantiene la cuota solidaria sindical, aunque establece un tope del 2% del salario mensual.
Además, otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por rama de actividad.
En relación con el derecho de huelga, la ley establece restricciones en los servicios esenciales, donde deberá garantizarse al menos el 75% del personal en actividad.
En servicios considerados de importancia "trascendental", como transporte, medios de comunicación, construcción o industria alimenticia, deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 50%.
Asimismo, para realizar asambleas de trabajadores que afecten el funcionamiento de la empresa se requerirá una autorización previa del empleador.
Programas para formalizar empleo
La norma también incorpora el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que establece un mecanismo de blanqueo laboral con condonación de hasta el 70% de deudas por aportes y sanciones para empleadores que regularicen trabajadores no registrados.
A su vez, crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual para determinados casos.
Finalmente, se incluyó un régimen para medianas inversiones, que contempla beneficios fiscales como amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA para inversiones productivas.