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Reforma laboral, vacaciones, indemnizaciones: ¿Cuáles son las modificaciones del proyecto?

La iniciativa, surgida del Consejo de Mayo, introduce cambios clave en vacaciones (con fraccionamiento mínimo de 7 días), indemnizaciones (autorizando fondos de cese) y jornadas laborales (habilitando el banco de horas)

Tras semanas de intensas negociaciones que incluyeron a funcionarios, gobernadores y representantes sindicales (quienes en su mayoría manifestaron rechazo), el gobierno de Javier Milei firmó el proyecto definitivo de reforma laboral que será elevado al Congreso de la Nación en las próximas horas.

La iniciativa, originada en el Consejo de Mayo, busca una modernización transversal de las normativas de trabajo, impactando tanto en el sector público como en el privado.

Los tres ejes de la modernización

El texto enfatiza modificaciones en tres áreas críticas:

Vacaciones Flexibles: Si bien se mantienen los mínimos legales de la Ley de Contrato de Trabajo, se introduce la posibilidad de acordar una ampliación del período. Como principal novedad, cada tramo fraccionado de vacaciones no podrá ser menor a siete días. Además, se exige que, al menos una vez cada tres años, se garantice el descanso durante el período de verano.

Jornada y "Banco de Horas": El proyecto habilita que empleador y empleado acuerden por escrito y de forma voluntaria un régimen de compensación de horas extraordinarias. Este "banco de horas" permitirá compensar jornadas largas con otras más breves, respetando el máximo semanal legal y los descansos mínimos.

Indemnizaciones y Fondos de Cese: Se autoriza a sustituir el modelo indemnizatorio único por la creación de Fondos o Seguros Sectoriales de Asistencia Laboral (FAL), financiados mediante aportes mensuales patronales equivalentes al 3% de la remuneración. Estos fondos funcionarán como respaldo ante despidos en el sector privado, reemplazando el pago directo de la indemnización tradicional.

Impacto en sindicatos y repartidores

La reforma también introduce cambios directos en la operatividad sindical y en nuevos sectores laborales.

Sindicatos: Desaparece la ultraactividad de los convenios colectivos, es decir, al vencer un acuerdo, solo permanecen las condiciones laborales hasta que se firme uno nuevo. Además, se regulan los procedimientos para realizar asambleas (requiriendo autorización previa y sin remuneración por el tiempo no trabajado) y se reducen las horas mensuales de crédito sindical.

Servicios Esenciales: En conflictos de áreas esenciales (como salud, energía, transporte), se establecen servicios mínimos obligatorios de hasta el 75% en sectores críticos y del 50% en ramas estratégicas.

Repartidores: Se crea el Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías para quienes operan en plataformas. Los repartidores deberán registrarse en ARCA, realizar aportes, acceder a cobertura social y gozarán del derecho a rechazar pedidos.

Finalmente, el texto impulsa el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que busca reducir las contribuciones patronales por un año para quienes contraten nuevos trabajadores.

(Fuente: Infobae)

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