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Juicio por el homicidio culposo en Novadrill: la Fiscalía apunta a la negligencia y la defensa sostiene la inocencia del imputado

Comenzó el debate oral y público ante el tribunal unipersonal a cargo del juez Ariel Tedesco por la muerte de Rodrigo Javier Fonseca, ocurrida en junio de 2023 dentro del predio de una empresa ubicada en el Barrio Industrial.

La mañana de este miércoles dio inicio en los tribunales locales el debate oral y público ante un tribunal unipersonal para esclarecer las circunstancias del homicidio culposo de Rodrigo Javier Fonseca, un trágico hecho registrado el pasado 25 de junio de 2023. El único imputado en la causa es Yonathan Aníbal Vargas Muñoz, cuya responsabilidad penal deberá ser debatida a lo largo del juicio.

La acusación fiscal: falta de precauciones y maniobras negligentes

Durante su alegato de apertura, la fiscal general Andrea Rubio -asistida por el administrativo Néstor Laurindo- adelantó que logrará acreditar fehacientemente la materialidad del hecho y la autoría en cabeza del acusado.

De acuerdo con la reconstrucción presentada por la parte acusadora, el episodio fatal ocurrió cerca de las 12:30 horas en el interior del predio de la empresa «Novadrill», situado sobre la avenida Progreso al 7000, en el Barrio Industrial. En ese lugar se encontraban laborando la víctima, el imputado y un tercer trabajador, abocados a tareas de prueba hidráulica de un manguerote.

La fiscal sostuvo que Yonathan Aníbal Vargas Muñoz obró de manera negligente y sin extremar las precauciones requeridas para dicha labor: el área de izaje no se encontraba debidamente señalizada y se utilizaron maquinarias y elementos inadecuados. Según la hipótesis fiscal, el operario sujetó el manguerote con una eslinga a las uñas de un autoelevador (zamping), elevándolo para limpiarlo con una manguera auxiliar. En momentos en que dicha manguera se desprendió, Fonseca se acercó para recuperarla; de forma simultánea, el imputado comenzó a descender las uñas del vehículo, lo que provocó que el pesadísimo manguerote se deslice y caiga directamente sobre la cabeza de la víctima, causándole un traumatismo de cráneo gravísimo que derivó en su fallecimiento al día siguiente, el 26 de junio de 2023. Jurídicamente, el hecho fue calificado como «homicidio culposo» en calidad de «autor». Cabe destacar que, a partir de diversas convenciones probatorias acordadas entre las partes, la fiscalía desistió de la declaración de varios testigos.

La postura de la defensa: «Él no era el encargado»

En la vereda opuesta, la defensa técnica del imputado, ejercida por el abogado particular Sixto Troncoso, rechazó de plano los cargos formulados por el Ministerio Público Fiscal.

En su exposición inicial, el letrado argumentó que el trágico suceso «no ocurrió por nada que haya hecho mi defendido», remarcando que Vargas Muñoz no revestía el rol de encargado, sino que cumplía tareas de par a par con la víctima, tratándose de un empleado en iguales condiciones. Asimismo, introdujo cuestionamientos sobre las condiciones de seguridad laboral al señalar que «ninguno contaba con los elementos de protección». Con base en estos argumentos, la defensa concluyó que en la conducta de su asistido «no hubo acción u omisión».

El debate oral continuará con la producción de las pruebas admitidas y el testimonio de los actores clave, bajo la dirección del juez penal unipersonal Ariel Tedesco.

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