Manuel Granillo: "Es inconstitucional que a los jubilados les descuenten el impuesto a las ganancias"
El abogado dialogó con ABC Radio y explicó por qué considera ilegal este cobro. Aseguró que todos los fallos firmes que obtuvo su estudio fueron favorables y que los jubilados pueden recuperar lo descontado.
El doctor Manuel Granillo, abogado especializado en la temática previsional, fue entrevistado en ABC Radio, donde sostuvo que el descuento del impuesto a las ganancias sobre jubilaciones, pensiones y haberes de retirados es inconstitucional. Además, brindó detalles sobre el camino judicial que deben seguir los afectados para frenar este tipo de retenciones y recuperar lo ya descontado.
"Nosotros planteamos justamente la inconstitucionalidad de la norma en lo que respecta a los jubilados, retirados y pensionados", remarcó Granillo, y agregó que esta posición es sostenida por su estudio desde hace varios años. En ese marco, explicó que el objetivo de la charla prevista para el día 10 será "explicar por qué consideramos que es inconstitucional, qué es lo que consideran los distintos juzgados del país y qué opinan las cámaras de apelaciones".
El abogado dejó en claro que, aunque el planteo sea sólido desde el punto de vista legal, "no significa que por serlo no les van a descontar", ya que cada persona debe iniciar una acción individual. "Eso ya es una acción que tiene que hacer cada afectado... y el juez que le toque en su causa resuelva esta inconstitucionalidad y lo afirme. Una vez que lo afirme, viene con la lógica consecuencia de que le restituyan lo indebidamente retenido", detalló.
Consultado sobre a quiénes alcanza hoy este impuesto, respondió: "Hoy le están descontando ganancias a los que cobran aproximadamente más de 200 o 300 mil, que no tengan deducciones". Y en relación al resultado de las presentaciones judiciales, destacó: "El 100% de las acciones que hemos iniciado y finalizado con un resultado firme ha sido positivo".
Granillo indicó que "todos los jubilados que han iniciado la acción han conseguido que se declare esta inconstitucionalidad y que se ordene la restitución de lo indebidamente retenido", aunque el monto a devolver depende del criterio judicial de cada jurisdicción. "Buenos Aires opina una cosa, Chubut opina otra, Córdoba opina otra...", explicó.
Respecto a si se puede recuperar lo descontado de manera retroactiva, dijo que la devolución depende del criterio del tribunal: algunos reconocen lo retenido desde la presentación de la demanda, otros desde dos años antes y algunos desde cinco años previos.
Finalmente, aclaró que los jubilados pueden iniciar acciones legales "una vez que los jubilados ven en su recibo de haberes que les están descontando el impuesto a las ganancias", y recomendó asistir a la charla informativa que brindará próximamente: "Si están dentro de este daño que están recibiendo, puedan recibir la información. Esta charla va a ser mucho más amplia que esta nota periodística", cerró.