Mendoza: Las personas que violen la cuarentena obligatoria deber醤 realizar trabajos no remunerados

Deber醤 cumplir con tareas comunitarias en hospitales p鷅licos y otras dependencias oficiales.

En el marco de una pandemia a nivel mundial, en el pa韘, cada funcionario eval鷄 y adopta distintas medidas acorde a lo que acontece en su legislaci髇.

En la provincia de Mendoza 1.355 personas no cumplieron con la cuarentena obligatoria, por lo que establecieron que como sanci髇 trabajo comunitario y no remunerado. De esta manera deber醤 cumplir con tareas comunitarias en hospitales p鷅licos y otras dependencias oficiales.

Los juicios se realizar de manera r醦ida y por medio de videoconferencias. El procurador de la Corte Alejandro Gull, envi una resoluci髇 a las Fiscal韆s Correccionales, ordenando a los fiscales que cumplan con esta medida ”cuando las causas se resuelvan a trav閟 del procedimiento de juicio a prueba (probation) 爕 de suspensi髇 de la persecuci髇 penal’, seg鷑 inform el diario Los Andes.

Alejandro Gull expres: 揃uscamos intentar la toma de conciencia por parte de quienes irrespetaron la medida de cuarentena y que deber醤 brindar un servicio a la comunidad de manera gratuita como un reproche sancionatorio en lugares donde el personal esta sobrepasado de trabajo como los hospitales.

Si bien, la iniciativa de Alejandro Gull trata de que el fiscal pida entre las reglas de conducta,爈as tareas comunitarias, el Juez ser quien decida si se aplica o no.

Las medidas que se establecen son las siguientes:

”-Los fiscales no deber醤 prestar consentimiento a una 損robation 爀n 燼quellos casos en que el sujeto imputado aparece como reiterante de dicha conducta. Estas personas燿eber醤 enfrentar un juicio que los puede llegar a la c醨cel en las pr髕imas semanas, si son juzgados.燩ero en los casos donde solo se haya sido imputado una vez, y 搒iempre que el inculpado no posea causas penales anteriores en tr醡ite ni antecedentes penales computables los fiscales tras 搖n minucioso examen del caso particular, podr醤 prestar consentimiento a la probation o la suspensi髇 del juicio a prueba pero pidiendo las siguientes reglas de conducta:

-Trabajo no remunerado en favor del Estado Provincial, preferentemente en Hospitales P鷅licos o Centros de Salud que requieran su servicio en tareas acordes con las capacidades aptitudinales del imputado, siempre con equipo de bioseguridad adecuado al caso.

-Trabajo comunitario en los municipios, escuelas, seccionales policiales u Oficinas Fiscales que as lo requieran en el vigente contexto de emergencia p鷅lica”.

Fuente: Los Andes.

Temas de la nota: