Mendoza: Las personas que violen la cuarentena obligatoria deberán realizar trabajos no remunerados

Deberán cumplir con tareas comunitarias en hospitales públicos y otras dependencias oficiales.

En el marco de una pandemia a nivel mundial, en el país, cada funcionario evalúa y adopta distintas medidas acorde a lo que acontece en su legislación.

En la provincia de Mendoza 1.355 personas no cumplieron con la cuarentena obligatoria, por lo que establecieron que como sanción trabajo comunitario y no remunerado. De esta manera deberán cumplir con tareas comunitarias en hospitales públicos y otras dependencias oficiales.

Los juicios se realizar de manera rápida y por medio de videoconferencias. El procurador de la Corte Alejandro Gullé, envió una resolución a las Fiscalías Correccionales, ordenando a los fiscales que cumplan con esta medida ”cuando las causas se resuelvan a través del procedimiento de juicio a prueba (probation)  y de suspensión de la persecución penal’, según informó el diario Los Andes.

Alejandro Gullé expresó: “Buscamos intentar la toma de conciencia por parte de quienes irrespetaron la medida de cuarentena y que deberán brindar un servicio a la comunidad de manera gratuita como un reproche sancionatorio en lugares donde el personal esta sobrepasado de trabajo como los hospitales”.

Si bien, la iniciativa de Alejandro Gullé trata de que el fiscal pida entre las reglas de conducta, las tareas comunitarias, el Juez será quien decida si se aplica o no. 

Las medidas que se establecen son las siguientes:

”-Los fiscales no deberán prestar consentimiento a una “probation”  en  aquellos casos en que el sujeto imputado aparece como reiterante de dicha conducta. Estas personas deberán enfrentar un juicio que los puede llegar a la cárcel en las próximas semanas, si son juzgados. Pero en los casos donde solo se haya sido imputado una vez, y “siempre que el inculpado no posea causas penales anteriores en trámite ni antecedentes penales computables” los fiscales tras “un minucioso examen del caso particular”, podrán prestar consentimiento a la probation o la suspensión del juicio a prueba” pero pidiendo las siguientes reglas de conducta:

-Trabajo no remunerado en favor del Estado Provincial, preferentemente en Hospitales Públicos o Centros de Salud que requieran su servicio en tareas acordes con las capacidades aptitudinales del imputado, siempre con equipo de bioseguridad adecuado al caso.

-Trabajo comunitario en los municipios, escuelas, seccionales policiales u Oficinas Fiscales que así lo requieran en el vigente contexto de emergencia pública”. 

Fuente: Los Andes.

 

Temas de la nota: