Quienes violen la cuarentena para participar de “juntadas clandestinas” podrían ir a prisión por un mes

La ley aprobada por la Legislatura de la provincia de Mendoza busca ser “ejemplificadora” para desalentar este tipo de actividades sociales.

La Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza aprobó este martes una modificación al artículo 119 bis del Código Contravencional Provincial, que contempla penas más duras para aquellos que violen el aislamiento social, preventivo y obligatorio para realizar reuniones sociales, o juntadas “clandestinas”.

El proyecto – impulsado por el gobernador Rodolfo Suárez – contempla entre 15 a 30 días de prisión , o bien el resarcimiento con trabajo comunitario desde 60 a 80 días. En caso de reincidencia, la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

Para que la medida entre en vigencia solo resta que sea promulgada por el gobernador, y atento a que fue un proyecto impulsado por él mismo, se espera que entre en vigencia en los próximos días.

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Quienes violen la cuarentena para participar de “juntadas clandestinas” podrían ir a prisión por un mes
en caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

El texto de la modificación plantea que con este endurecimiento de las sanciones se busca “una sanción ejemplificadora a quien de manera irresponsable pone en peligro a la sociedad toda, no sólo por la posible propagación del coronavirus, sino también con la consecuente limitación a las actividades que han sido habilitadas, lo cual repercute a su vez en aspectos sociales y económicos”.

La ley regula además que solo permitidas las reuniones familiares domiciliarias de hasta diez personas los domingos en el horario de 11 a 19 horas, sin excepción en el marco de la pandemia por coronavirus.