Dejó de pagar la cuota y abandonó el vínculo: la Justicia suspendió la responsabilidad parental
Un juzgado de Familia de Corrientes dispuso la suspensión provisoria de la responsabilidad parental de un padre por incumplimientos reiterados en el plano económico y afectivo, y otorgó el cuidado unilateral de los hijos adolescentes a la madre.
La Justicia de Familia de la provincia de Corrientes resolvió suspender de manera provisoria la responsabilidad parental de un padre que incumplió de forma sostenida con sus deberes alimentarios y afectivos, y otorgó el cuidado personal unilateral de sus hijos adolescentes a la madre. La medida fue dictada como cautelar, ante la gravedad del abandono acreditado en el expediente.
El fallo fue emitido por el Juzgado de Familia de la ciudad de Paso de los Libres, luego de constatar un prolongado desentendimiento del progenitor respecto de sus obligaciones legales. Según surge de la resolución judicial, el padre no abonaba la cuota alimentaria, no mantenía contacto con sus hijos y no participaba de ningún aspecto de su cuidado, una conducta que se sostuvo en el tiempo.
Durante el proceso intervino la Asesoría de Menores, que se expidió en dos oportunidades a favor de la medida solicitada. En sus dictámenes, destacó la ausencia total de cumplimiento por parte del padre, el abandono afectivo persistente y la postura de los adolescentes, quienes manifestaron de manera expresa no querer retomar el vínculo. El tribunal consideró que los jóvenes cuentan con la madurez suficiente para que su opinión sea valorada.
La jueza entendió que se encontraba acreditada la verosimilitud del derecho invocado y que existía peligro en la demora, no solo por el impacto emocional que la situación generaba en los adolescentes, sino también por el desgaste que implicaba recurrir de forma constante a la Justicia para autorizar actos que requieren corresponsabilidad parental.
En ese marco, se resolvió suspender provisoriamente el ejercicio de la responsabilidad parental del progenitor hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso principal. Además, se dispuso el cuidado personal unilateral a cargo de la madre, quien quedó facultada para realizar todos los actos propios del ejercicio responsable, incluida la autorización para la salida del país de los adolescentes sin necesidad del consentimiento paterno.







