Petrolera

Chubut endurece la presi髇 sobre una petrolera hist髍ica: le exige reactivar cuatro yacimientos o perder las concesiones

El Bolet韓 Oficial de este martes public� el Decreto 1478, que le da seis meses a Compa耥a Argentina de Comodoro Rivadavia, fundada en 1916, para volver a explotar San Jorge, Sol de Mayo, Germ醤 Burmeister y George Stephenson con planes m韓imos de reactivaci髇 verificables, y advierte que si no cumple declarar� caducas las concesiones. La intimaci髇 llega una semana despu閟 de que la empresa informara a la CNV que hab韆 dado por rescindida la venta de esos activos y que buscaba un operador. Y se suma a cinco 醨eas que la provincia declar� caducas o extinguidas desde diciembre, todas con la misma f髍mula: Petrominera toma posesi髇 "hasta tanto se haga efectiva la adjudicaci髇 a un nuevo concesionario".

El Decreto 1478, firmado el 21 de septiembre y publicado hoy, intima a Compa耥a Argentina de Comodoro Rivadavia Explotaci髇 de Petr髄eo S.A. a reactivar la explotaci髇 de los cuatro yacimientos "con la intensidad razonable que corresponde a la productividad comprobada de la concesi髇". Para cada uno aprueba un Plan M韓imo de Reactivaci髇, con objetivos, tareas, hitos de seguimiento y magnitudes productivas, que la empresa debe cumplir en seis meses contados desde la notificaci髇, acreditando el avance ante el Ministerio de Hidrocarburos con partes por pozo, registros de producci髇, mediciones y documentaci髇 t閏nica, y facilitando las inspecciones. El Ministerio puede autorizar sustituci髇 de pozos o adecuaciones, siempre que no bajen las metas f韘icas ni se extienda el plazo.

El decreto no informa la fecha de notificaci髇, de modo que el vencimiento exacto no es p鷅lico. Y la intimaci髇 no caduca nada todav韆: el art韈ulo 9 dice que, si al vencimiento la empresa no reactiv� los cuatro yacimientos con la intensidad exigida, "la concesi髇 minera correspondiente ser� declarada caduca por el Poder Ejecutivo Provincial, previa constataci髇 t閏nica del incumplimiento". Como todo acto administrativo, es recurrible.

La base legal es el art韈ulo 21 del Ap閚dice del C骴igo de Miner韆, que regula lo que la ley llama "minas de petr髄eo e hidrocarburos fluidos". El decreto usa esa palabra, mina, porque los t韙ulos de la empresa son mineros y no concesiones de la Ley 17.319. Esa diferencia explica el procedimiento elegido.

Los anexos A, B, C y D, con las magnitudes productivas exigidas para cada yacimiento, no fueron publicados en el texto del Bolet韓. Son el dato que falta para medir cu醤to le pide la provincia a la empresa.

Qui閚 es la empresa

Compa耥a Argentina de Comodoro Rivadavia fue fundada el 14 de enero de 1916, seg鷑 consta en el Bolet韓 Oficial. Es anterior a YPF y una de las petroleras privadas m醩 antiguas del pa韘. Un documento del Ministerio de Econom韆 provincial recuerda que en 1921 las compa耥as ferroviarias instalaron la Compa耥a Ferrocarrilera de Petr髄eo ocho kil髆etros al norte de la ciudad, en la zona que le hab韆 sido asignada. Sigue registrada en la Comisi髇 Nacional de Valores bajo el CUIT 30-52628841-2, el mismo que cita el decreto.

Hoy es una empresa que intent� desprenderse de estos activos. Seg鷑 sus comunicaciones a la CNV, el 1 de junio de este a駉 el directorio resolvi� rescindir los contratos firmados en 2020 con Covalent Global Limited por incumplimientos graves de la compradora; lo inform� el 28 de julio y lo ratific� el 14 de septiembre. De acuerdo con la lectura de esos documentos que public� iProfesional, los contratos de abril de 2020 preve韆n la venta de los pozos y pertenencias de Chubut por 100.000 d髄ares, la empresa ahora pretende conservar las pertenencias e incorporar un operador externo, y pidi� a la autoridad minera provincial que registre como cancelado el canon hasta 2028, pagado por el mecanismo de rescate del art韈ulo 219 del C骴igo de Miner韆. Los accionistas decidieron adem醩 el retiro del r間imen de oferta p鷅lica, tr醡ite que sigue en curso seg鷑 la propia CNV.

Una semana despu閟 de ratificar ante la CNV que se quedaba con los yacimientos, la provincia la intim�. Que sea respuesta o coincidencia es una pregunta para el Ministerio de Hidrocarburos.

Por qu� este procedimiento

Los yacimientos de Compa耥a Argentina no son concesiones de la Ley 17.319. Son t韙ulos mineros anteriores a la ley de hidrocarburos, las "minas de petr髄eo" del C骴igo de Miner韆, que ese c骴igo concede por tiempo ilimitado. La provincia no puede esperar a que venzan. El C骴igo prev� distintas causales de caducidad, entre ellas la falta de pago del canon; la empresa afirma tener el canon regularizado hasta 2028. La v韆 que eligi� el decreto es la del art韈ulo 21 del Ap閚dice: exigir explotaci髇 con intensidad razonable, intimar y, ante el incumplimiento constatado, caducar.

La expresi髇 "intensidad razonable" no aparece en ning鷑 otro documento del archivo RADAR, que re鷑e 5.574 documentos oficiales de Chubut, entre ellos 1.106 ediciones del Bolet韓 Oficial entre julio de 2022 y el 9 de octubre de 2026. En ese archivo no hay antecedente de que la provincia haya invocado antes esa cl醬sula.

El art韈ulo 10 aclara que las obligaciones ambientales, de seguridad, de abandono de pozos, saneamiento y remediaci髇 "se rigen por sus normas y actos espec韋icos, conservan plena autonom韆 y no quedan sustituidas, novadas ni postergadas". La intimaci髇 no sustituye ni posterga las obligaciones ambientales y de abandono que correspondan. Qui閚 las asume si los yacimientos caducan es una pregunta que el decreto no responde.

Los antecedentes

El decreto de hoy no est� solo. En el Bolet韓 Oficial hay cinco actos previos de este a駉 con la misma f髍mula. El Decreto 1505, firmado el 15 de diciembre de 2025 y publicado el 15 de mayo, declar� la extinci髇 de la concesi髇 de Restinga Al�, que ten韆 YPF. Seg鷑 el prospecto de deuda provincial, Petrominera tom� posesi髇 el 8 de enero. En junio Petrominera convoc� al Concurso P鷅lico Nacional e Internacional N� 01/2026 para seleccionar empresas que constituyan con ella una uni髇 transitoria para desarrollar y explotar el 醨ea, con apertura de ofertas el 31 de agosto y un pliego de 10.000 d髄ares. El resultado de ese concurso no fue publicado en el Bolet韓 hasta el 9 de octubre.

El Decreto 858, del 25 de junio, declar� la caducidad del permiso de exploraci髇 sobre R韔 Mayo Oeste, adjudicado en 2005 a ENERGO UTE, integrada por Energial S.A., Golden Oil Corporation Sucursal Argentina y Enerac S.A., por el art韈ulo 80 inciso c de la Ley 17.319. El Decreto 1476, del mismo 21 de septiembre y publicado tambi閚 hoy, rechaz� en todas sus partes el recurso de reconsideraci髇 de la UTE contra esa caducidad. Con eso se agota la instancia administrativa que la empresa eligi�; la v韆 judicial sigue disponible.

Los Decretos 1162 y 1163, del 3 de agosto, declararon incorporados los yacimientos Alberto y Don Ernesto, hasta entonces "minas de hidrocarburos" del C骴igo de Miner韆, al r間imen de la Ley 17.319 y la Ley provincial XVII N� 102, instruyeron a Petrominera a tomar posesi髇 y "propiciar la reactivaci髇 del yacimiento", e intimaron a Petrolera Patagonia S.R.L. en un plazo de diez d韆s h醔iles.

El Decreto 1393, del 10 de septiembre, declar� la caducidad de la concesi髇 de Sarmiento, de Capetrol Argentina, e instruy� a Petrominera a tomar posesi髇 y dar continuidad a la operaci髇 "de manera transitoria hasta tanto se haga efectiva la adjudicaci髇 del 醨ea a un nuevo concesionario".

Alberto y Don Ernesto muestran qu� ocurri� con otros dos t韙ulos mineros caducados: al incorporarlos al r間imen de la Ley 17.319, un t韙ulo por tiempo ilimitado pas� a ser una concesi髇 con plazo, que la provincia puede adjudicar. Si la intimaci髇 a Compa耥a Argentina termina en caducidad, ese es el antecedente inmediato.

De Restinga Al� se sabe que Petrominera llam� a concurso para asociarse con un privado y que las ofertas se abrieron el 31 de agosto. Del resultado, nada en el Bolet韓. De Alberto, Don Ernesto y Sarmiento, los decretos dicen que la empresa estatal puede operarlos por s� o por terceros, y ah� termina lo que se sabe.

Lo que la provincia le exige a Compa耥a Argentina est� en los anexos que el Bolet韓 no public�. Sin esas cifras no hay forma de saber si el plan m韓imo es alcanzable para una empresa que hab韆 aceptado vender todo por cien mil d髄ares, o si la intimaci髇 ya naci� para caducar.

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