Caso Veppo: Piden 5 años de prisión para el periodista que mató a una agente de tránsito

Eugenio Veppo mató a una agente de tránsito y lesionó de gravedad a su compañero, desde fiscalía piden 5 años y 10 meses de prisión

El fiscal Fernando María Klappenbach solicitó hoy cinco años y diez meses de prisión para el periodista Eugenio Veppo, al considerarlo responsable de la muerte de una agente de tránsito de la Ciudad de Buenos Aires y las lesiones graves que sufrió su compañero, el 8 de septiembre de 2019. Ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14, requirió también la inhabilitación por diez años para manejar vehículos.

La fiscalía consideró que Veppo debe ser condenado por los delitos de homicidio culposo y lesiones graves, en el marco del segundo párrafo del artículo 84 bis y 94 bis, respectivamente, del Código Penal. Allí se especifica que tendrá una pena de tres a seis años de prisión en el caso de homicidio si quien conduce causa la muerte de otra persona por su conducción negligente o temeraria y además se da a la fuga luego; está alcoholizado; o maneja con un exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho.

Durante la jornada de hoy expusieron también la querella que representa a la familia de Cinthia Choque, la joven que falleció en el incidente, y solicitó quince años de prisión por el delito de homicidio con dolo eventual, calificación que había planteado en el requerimiento de elevación a juicio. La defensa pidió que, en caso de recaer una condena, sea lo más cercana al mínimo del delito de homicidio culposo. Luego de esa exposición, el tribunal -compuesto por Domingo Luis Altieri, Silvia Mora y Hugo Cataldi-, comunicó que el próximo 30 de marzo se realizará la audiencia de últimas palabras y luego se conocerá el veredicto.

La acusación

El fiscal Klappenbach consideró probada la responsabilidad de Veppo en el hecho ocurrido cerca de las 3:35 de la madrugada del 8 de septiembre de 2019 sobre la Avenida Figueroa Alcorta a metros de la calle Tagle, cuando embistió con su auto a los agentes de tránsito Cinthia Choque y Santiago Siciliano. En línea con lo que había planteado la fiscal Romina Monteleone en su requerimiento de elevación a juicio, consideró que el imputado incumplió todas las reglamentaciones vigentes: circulaba de forma temeraria y en zig zag; con una velocidad excesiva por encima de la máxima permitida, y sobrepasando autos.

El fiscal consideró que Veppo incumplió todas las reglamentaciones vigentes: circulaba de forma temeraria y en zig zag; con una velocidad excesiva por encima de la máxima permitida y sobrepasando autos.

Explicó luego cómo fue la maniobra: luego de rebasar a un vehículo a alta velocidad -lo que excedía los 70 kilómetros por hora permitidos-, embistió a los dos agentes del Cuerpo de Agentes de Tránsito del Gobierno de la Ciudad de Buenos que se encontraban sobre la avenida en un control de tránsito señalizado con un letrero luminoso. Tras atropellar a Choque y a Siciliano, Veppo se dio a la fuga sin socorrer a las víctimas. Fue con su auto hasta las cercanías del Hospital Fernández, lo dejó sobre la calle Silvio Ruggeri y se tomó un taxi hasta su domicilio en el barrio de Belgrano. Horas más tarde, se presentó en la comisaría.

El fiscal repasó los testimonios de quienes se cruzaron instantes antes del incidente con el auto que manejaba Veppo, como así también mencionó las cámaras del Centro de Monitoreo que registraron al acusado conduciendo de modo antirreglamentario por lo menos desde Avenida Callao y Avenida Córdoba, lo que incluyó pasar por lo menos dos semáforos en rojo y sobrepasar a alta velocidad a otros vehículos.

Una manera riesgosa y temeraria para manejar

“El estado de las dos víctimas, lo que se determinó a través de peritajes, la dimensión del impacto incluso en el auto de Veppo hablan por sí solas de la forma en que conducía el imputado”, consideró el fiscal y desestimó el argumento que el acusado dio en su indagatoria. “Pretende convencernos de que un taxi lo encerró abruptamente y que eso motivó la maniobra que realizó. Lo abrupto, lo intempestivo, lo repentino se relaciona con la velocidad excesiva en que manejaba. ¿Cómo no le iba a parecer repentino si conducía a 133 o 128 kilómetros por hora?”, argumentó Klappenbach. Para establecer esa velocidad, se basó en un informe realizado por Ingeniería Vial de la Policía de la Ciudad, lo que coincide con otros testimonios y con la filmación del incidente.

“Tuvo un nivel de desaprensión total por las normas de tránsito y por lo sucedido con las personas”, manifestó el representante del Ministerio Público Fiscal en su alegato

Al momento de calificar el hecho, explicó que consideraba que se encuadraba bajo los artículos 84 bis y 94 bis del Código Penal y no bajo la figura de “homicidio con dolo eventual”. Repaso la discusión que se dio en el Congreso en el marco de la ley 27.347 que agravó la pena para los casos de muerte o lesiones ocasionadas por alguien que manejaba un vehículo y que se dio a la fuga o que manejaba bajo los efectos de estupefacientes o alcohol. Recordó que los legisladores hablaron de los incidentes viales y siempre los enmarcaron dentro de delitos culposos y no dolosos.

El fiscal Klappenbach tomó como agravantes la pluralidad de víctimas en el hecho. Mencionó que Choque tenía 28 años, una vida por delante y que era madre de dos hijas. En cuanto a Siciliano, recordó su declaración en el juicio, donde expuso las múltiples secuelas -muchas de ellas irreversibles- que le trajo el incidente: se ve impedido de trabajar; tuvo que abandonar dos de las actividades que desarrollaba con frecuencia antes del choque -la batería y el boxeo-; tiene pesadillas e insomnio; además de diversos problemas de salud que aún lo tienen bajo tratamiento. Cabe resaltar que el joven de 32 años pasó más de tres meses internado -al comienzo, con riesgo de vida- y que tuvo que ser operado en muchas ocasiones,

También contó como agravante la pluralidad de infracciones de tránsito cometidas por Veppo: superar la velocidad permitida en casi el doble; darse a la fuga; justificar su accionar bajo un estado de shock pero reconocer la magnitud del impacto. “Tuvo un nivel de desaprensión total por las normas de tránsito y por lo sucedido con las personas”, manifestó el representante del Ministerio Público Fiscal.