Esquel

"No fue un accidente, fue un delito por omisiones": un hombre sufrió una caída de 20 metros y sufrió lesiones gravísimas

Fiscalía formaliza la acusación por lesiones gravísimas culposas y revela la cadena de fallas de seguridad: el trabajador de telefonía subió solo a la torre, violando la "regla de oro" del sector.

La Justicia de Chubut ha formalizado una investigación por lesiones gravísimas culposas tras el dramático accidente laboral ocurrido el 13 de diciembre de 2024 en Tecka. En esa fecha, un torrero sufrió una caída libre de al menos 20 metros mientras trabajaba en solitario en una antena de telefonía. El Ministerio Público Fiscal (MPF) es categórico: el incidente no fue mala suerte, sino la consecuencia previsible de un delito por negligencia.

El fiscal Fidel González y el funcionario Julián Forti lideran la investigación, que se centra en el rol del supervisor de la tarea, apuntando a que las normativas de seguridad no fueron un "trámite burocrático", sino "barreras críticas contra la tragedia" que fueron intencionalmente ignoradas.

La "Regla de Oro" Violada

La pieza central de la acusación fiscal es la violación de un protocolo innegociable en el trabajo de altura: la prohibición de trabajar solo.

El MPF determinó que el convenio colectivo de trabajo 201/92 establece claramente que "INDEFECTIBLEMENTE el trabajo debe ser realizado con DOS TORREROS COMO MÍNIMO". En este caso, la víctima, en lugar de tener un compañero que actuara como sistema de seguridad y soporte, fue enviada a la torre completamente sola.

"Teniendo en cuenta las horas trabajadas en solitario, las condiciones de trabajo en altura en solitario, el nulo soporte en altura y en tierra, era previsible, que el hecho podría llegar a ocurrir", argumentó la Fiscalía.

La investigación no se enfoca en una acción directa, sino en las omisiones que crearon el escenario para la caída. Se identificaron dos fallas clave por parte de quien supervisaba la maniobra:

Ausencia de Planificación: No se realizó una planificación previa y adecuada de la tarea, ni una evaluación de los riesgos inherentes antes de iniciar la escalada.

Permitir el Trabajo Solitario: Se permitió la tarea individual, ignorando el protocolo explícito de doble personal de seguridad.

La Fiscalía enfatiza que la supervisión efectiva es planificación y autoridad para decir "no" a una tarea insegura, no solo una presencia esporádica. La ausencia de estos deberes en las etapas previas es, a criterio de la acusación, la verdadera causa raíz de las lesiones.

Las consecuencias para el torrero fueron catastróficas. La víctima sobrevivió a la caída, pero sufrió lesiones gravísimas que pusieron en riesgo su vida, incluyendo múltiples fracturas en vértebras (cervical, dorsal y lumbar), fractura de cadera y escápula, además de requerir una esplenectomía (extirpación del bazo) debido a laceraciones en órganos internos.

La Fiscalía cuenta ahora con un plazo de seis meses para concluir su investigación. Una vez finalizado este período, se definirá si el caso avanza a juicio oral y público o si se acuerda una salida alternativa con los responsables.

Temas de la nota: