Confirmaron una condena de cuatro años de cárcel por distribución de material de abuso sexual infantil en Rawson
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó un recurso de la defensa y confirmó la pena contra Federico Segundo Cifuentes. La investigación se desarrolló en el marco de la operación internacional "Luz de Infancia IX".
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut confirmó la condena a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento contra Federico Segundo Cifuentes por el delito de facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años y en modalidad de delito continuado.
La decisión se conoció luego de que el máximo tribunal provincial rechazara la impugnación extraordinaria presentada por la defensa del condenado, dejando firme la sentencia.
La causa se originó a partir de una investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFECyED) en el marco de la operación internacional "Luz de Infancia IX".
Según la investigación, Cifuentes descargó y facilitó 143 archivos con material de abuso sexual infantil mediante la red P2P eMule desde su domicilio de Rawson, entre julio de 2015 y abril de 2022.
Además, durante un allanamiento realizado en junio de 2022, los investigadores encontraron 272 imágenes y seis videos de ese contenido almacenados en su computadora personal.
La jueza Carolina Marín dictó la condena en primera instancia en mayo de 2024. Posteriormente, la Cámara en lo Penal de Trelew confirmó la autoría y materialidad del hecho y ordenó una nueva determinación de la pena. En octubre de 2024, la jueza María Laura Martini fijó la condena en cuatro años de prisión, decisión que fue ratificada por la Cámara en marzo de 2025.
Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia desestimó los planteos de la defensa y sostuvo que los archivos permanecían disponibles para otros usuarios de la red durante las descargas y que la computadora utilizada estaba bajo el control exclusivo del imputado.
Con esta resolución, la condena quedó firme y deberá cumplir cuatro años de prisión efectiva.







