Sentencia por el hundimiento del ARA San Juan: condenaron a un exjefe de la Fuerza de Submarinos y absolvieron a otros tres acusados

El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia en la causa que investigó las responsabilidades penales vinculadas con el hundimiento del submarino ARA San Juan y el fallecimiento de sus 44 tripulantes.

El tribunal, integrado por los jueces Mario Gabriel Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Nicolás Baronetto, publicó el 20 de agosto los fundamentos del veredicto, luego del juicio oral y público y del análisis de la prueba incorporada durante el debate.

Por mayoría, los magistrados condenaron al ex Capitán de Navío Claudio Javier Villamide a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena para ejercer cargos públicos.

La sentencia consideró acreditado que Villamide, como titular del Comando de la Fuerza de Submarinos, incumplió deberes vinculados con el alistamiento del ARA San Juan, el adiestramiento del personal y el sostenimiento de los medios navales.

Entre otros aspectos, el tribunal señaló la falta de inspecciones y auditorías preventivas reglamentarias durante 2017, pese a antecedentes relacionados con deficiencias de estanqueidad. También evaluó su actuación durante la emergencia del 15 de noviembre de ese año, cuando se habían reportado un cortocircuito y un principio de incendio en la nave, en un contexto de condiciones meteorológicas adversas.

Según la mayoría del tribunal, estas omisiones tuvieron relevancia jurídica en la producción del resultado y limitaron la posibilidad de adoptar medidas destinadas a disminuir el riesgo.

En tanto, Luis Enrique López Mazzeo, Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa fueron absueltos por unanimidad.

Respecto de López Mazzeo, quien se desempeñaba como Comandante de Adiestramiento y Alistamiento, el tribunal consideró aplicable el principio de confianza y entendió que no contaba con información suficiente para atribuirle responsabilidad penal. Además, valoró el cumplimiento de sus obligaciones vinculadas con la gestión presupuestaria para el alistamiento.

En los casos de Alonso y Correa, quienes ocupaban funciones dentro del Estado Mayor y el Departamento de Operaciones del Comando de la Fuerza de Submarinos, respectivamente, el tribunal concluyó que sus tareas eran esencialmente asesoras y auxiliares y que no integraban la cadena de mando operativo directo.

La sentencia establece así las responsabilidades penales determinadas en este proceso judicial, que investigó las circunstancias previas al hundimiento del ARA San Juan y la muerte de sus 44 tripulantes.

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