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Gaiman: tras la muerte del intendente James se debe llamar a elecciones

La Carta Orgánica Municipal establece que, al restar más de un año de mandato, deberá convocarse a una elección para completar el período. Mientras tanto, el presidente del Concejo Deliberante, Raúl Ferrero, asumirá de manera transitoria el Ejecutivo.

El fallecimiento del intendente de Gaiman, Darío James, pone en marcha el mecanismo de sucesión previsto en la Carta Orgánica Municipal, que establece que, al faltar más de un año para la finalización del mandato, se debe llamar a elecciones para elegir a quien completará el período de gobierno.

De acuerdo con el artículo 172 de la Carta Orgánica, en caso de muerte, inhabilidad, renuncia o destitución del intendente, el cargo debe ser ejercido por el funcionario que continúe en la línea sucesoria. En este caso, el presidente del Concejo Deliberante, Raúl Ferrero, quedará al frente del Ejecutivo de manera transitoria.

La normativa también dispone que, cuando reste más de un año de mandato, las elecciones para intendente deberán convocarse en un plazo no mayor a 60 días, y quien resulte electo ejercerá el cargo hasta completar el período iniciado por James.

La línea sucesoria establecida por la Carta Orgánica es la siguiente:

  1. Presidente del Concejo Deliberante.
  2. Vicepresidente primero del Concejo Deliberante.
  3. Vicepresidente segundo del Concejo Deliberante.
  4. El concejal que designe el Concejo Deliberante.

Darío James había asumido la intendencia en 2019 y posteriormente fue reelegido para un segundo mandato, que quedó interrumpido por su fallecimiento.

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