La Justicia rechazó un recurso de la defensa de un condenado por abuso sexual intrafamiliar
El máximo tribunal provincial no hizo lugar al recurso extraordinario federal presentado por la defensa de un hombre condenado a ocho años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.
El Superior Tribunal de Justicia del Chubut rechazó el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de un hombre condenado por abuso sexual intrafamiliar, por lo que quedó firme la decisión del máximo tribunal provincial de no habilitar la revisión del caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La resolución fue dictada mediante una sentencia interlocutoria, en la que los ministros del Superior Tribunal resolvieron no hacer lugar al planteo formulado por la defensa.
El caso tiene como antecedente una sentencia dictada en marzo de 2024 por un Tribunal Colegiado de Comodoro Rivadavia, que condenó al imputado a ocho años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Además, durante la ejecución de la pena se dispuso la realización de un tratamiento psicológico.
Posteriormente, la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia confirmó la condena. La defensa presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia, que fue declarada inadmisible el pasado 18 de marzo.
Tras esa decisión, el defensor interpuso un recurso extraordinario federal con el objetivo de que la causa fuera revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Al analizar el planteo, el Superior Tribunal sostuvo que este tipo de recursos debe contar con fundamentos suficientes y una crítica concreta de la resolución impugnada. Asimismo, indicó que no se acreditó que la sentencia hubiera sido dictada en un proceso ilegítimo, que existiera una valoración arbitraria de la prueba o una incorrecta aplicación del derecho que justificara la intervención del máximo tribunal nacional.
La investigación estuvo a cargo de la fiscal general María Laura Blanco, mientras que el juicio oral fue sostenido por el fiscal Martín Cárcamo.
El Ministerio Público Fiscal recordó que, en los casos de abuso sexual intrafamiliar, la identidad del imputado se mantiene bajo iniciales para evitar la identificación indirecta de la víctima y resguardar su intimidad, en cumplimiento de los principios de protección integral de las víctimas.

