Salud Mental

Reparos contra la nueva Ley de Salud Mental que pretende el gobierno nacional

Las modificaciones propuestas a la Ley, ampl韆 los criterios de las internaciones involuntarias.

Profesionales ven como un "retroceso" en materia de derechos para las personas con padecimiento mental las modificaciones que propone Javier Milei en la Ley 觤nibus enviado al Congreso. 

"Son sutiles modificaciones que se constituyen en claros retrocesos a un modelo de abordaje ya superado, y que ha significado en el pasado la vulneraci髇 de derechos de muchas personas". 

Gabriela Fiel Martinez, lic. en Psicolog韆, respondi� a AbcDiario sobre la propuesta de modificaciones del gobierno nacional a la actual Ley de Salud Mental. Fiel Martinez detall� las diferencias entre la ley actual y la propuesta de cambios, expresando su preocupaci髇 por alteraciones que, aunque sutiles, afectar韆n el esp韗itu original de la ley aprobada por ambas c醡aras, que adem醩 se apoya en tratados internacionales de Derechos a los que la Constituci髇 Nacional adhiere. Especialmente en lo que respecta a la desmanicomializaci髇 y en la desjudializaci髇. 

Las modificaciones propuestas a la Ley, ampl韆 los criterios de las internaciones involuntarias. 

Al respecto, la licenciada explic� que "actualmente, cuando un equipo interdisciplinario indica la internaci髇 sin consentimiento del usuario es porque eval鷄 riesgo cierto e inminente para s� o para terceros por una problem醫ica de salud mental. Una vez indicada, en tanto se trata de una privaci髇 de la libertad, se informa al Juez y al 觬gano de Revisi髇 para que controlen la misma y que no se prolonge por motivos diferentes al estado de Salud". 

La modificaci髇 que pretende imponer el gobierno nacional, amplia los criterios pudiendo internar a una persona: "Cuando no logre adherencia a abordajes ambulatorios; por pedido de ambos padres a menores que presenten una adicci髇; o cuando habiendo cesado el riesgo cierto e inminente no cesen las causas de la internaci髇". 

En este punto, Gabriela Fiel Mart韓ez sostuvo que adem醩 de ampliar los motivos de internaci髇 INVOLUNTARIA de una persona, tambi閚 facilita la prolongaci髇 de la misma en el tiempo. Y mostr� su preocupaci髇 por un punto clave que es la decisi髇 legal por encima del criterio sanitario: "La ley vigente se馻la que la persona internada involuntariamente -por criterio m閐ico- o su representante legal, tiene derecho a designar un abogado y que 閟te puede oponerse a la internaci髇 y solicitar la externaci髇 en cualquier momento". 

La nueva normativa dice, en cambio que el abogado podr� 磑ponerse a la internaci髇 o a la externacion y solicitar la medida que terap閡ticamente sea m醩 adecuada� dejando en manos de judiciales criterios sanitarios". 

En esta l韓ea de judicializaci髇 de la salud, la psic髄oga indic� que "la nueva ley podr韆 permitir que un juez ordene primero la internaci髇 de una persona para ser evaluada luego por un equipo interdisciplinario, con lo cual se invierte la l骻ica: primero interno involuntariamente y luego un equipo profesional eval鷄". 

En este punto es importante destacar que la actual Ley permite el traslado involuntario de personas cuando la situaci髇 lo amerita para evaluaci髇 por equipo interdisciplinario por parte de un Juez o por parte de equipos de salud, pero la internaci髇 es decidida en todos los casos por un equipo interdisciplinario. 

縍egreso de los manicomios? 

Otro de los cambios pol閙icos que se pretenden establecer es el regreso de instituciones monovalentes o manicomios. 

Al respecto, Fiel Mart韓ez destac� que la "ley que rige actualmente proh韇e la creaci髇 de nuevos manicomios y dicta la creaci髇 de instituciones llamadas intermedias, con apoyos adecuados para que las personas puedan llevar adelante la rehabilitaci髇 o la continuidad de cuidados en entornos comunitarios con la mayor inclusi髇 posible, sin aislarlas como se hac韆 anteriormente en lo com鷑mente llamado manicomios". 

"Esto -continu�- facilita la atenci髇 y el cuidado de las personas al evitar las internaciones prolongadas e innecesarias que conllevan en todos los casos a p閞dida de capacidades y un deterioro mayor que la propia enfermedad". 

"Cuando en la modificatoria del art韈ulo 28� se habla sobre d髇de deben realizarse las internaciones y se pasa de 磍os hospitales generales� a 磇nstituciones adecuadas�, sin lugar a dudas abre camino instituciones monovalentes y a las comunidades terap閡ticas cerradas", reconoci�. 

"Todo esto -advirti�- sumado a la facilidad con la que pueden distintos actores solicitar las internaciones involuntarias y las "demoras" permitidas a las externaciones, se concluye que las sutiles modificaciones se constituyen en claros retrocesos a un modelo de abordaje ya superado, y que ha significado en el pasado la vulneraci髇 de derechos de muchas personas con o sin padecimiento mental". 

Por 鷏timo, se mostr� preocupada porque el articulado "modifica tambi閚 la conformaci髇 del 觬gano de Revisi髇, que es la entidad que tiene como objetivo la protecci髇 de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental, dejando fuera al Ministerio de Salud, a la Defensa P鷅lica, a movimientos de usuarios, voluntarios y familiares de salud mental, entre otros, y reduci閚dolo a un equipo interdisciplinario". 

"La actual Ley Nacional es una Ley modelo, que nunca se ha podido implementar completamente porque no ha sido financiada adecuadamente. No se requiere de una vuelta atr醩 en materia de derechos para las personas con padecimiento mental, sino un Estado que garantice la conformaci髇 de los dispositivos adecuados con base en la comunidad y la capacitaci髇 de los agentes sanitarios para su implementaci髇", sentenci�. 

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