Un jurado popular declaró culpable a un hombre por 11 hechos de abuso sexual
Un jurado popular lo encontró culpable de 11 hechos de abuso sexual con acceso carnal cometidos contra una menor de 18 años, aprovechando una situación de convivencia preexistente. La jueza rechazó el pedido de prisión preventiva y la pena se conocerá el 3 de septiembre.
Un jurado popular declaró culpable a un hombre identificado con las iniciales D. H. B. por 11 hechos de abuso sexual con acceso carnal, mientras que lo declaró no culpable por otros seis hechos, en el marco de un juicio por jurados realizado en los tribunales penales del barrio Roca de Comodoro Rivadavia.
El debate comenzó el miércoles, con las instrucciones iniciales impartidas por la jueza técnica Raquel Tassello y la exposición de las teorías del caso por parte de la Fiscalía y la Defensa.
Durante su alegato de apertura, la fiscal general María Laura Blanco sostuvo que probaría la responsabilidad penal del imputado por 17 hechos de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, vaginal y/o oral, cometidos contra una menor de 18 años, aprovechando una situación de convivencia preexistente.
Por su parte, la Defensa solicitó la absolución de su asistido al considerar que existía duda razonable.
Tras la producción de la prueba testimonial y los alegatos finales, el jurado pasó a deliberar y emitió su veredicto. Finalmente, declaró al imputado culpable de 11 hechos y no culpable de seis.
La Fiscalía pidió la prisión preventiva
Luego del veredicto, la fiscal Blanco solicitó que el imputado quedara detenido de manera preventiva al considerar la gravedad de los hechos y el riesgo de fuga, teniendo en cuenta que la pena a imponer será de cumplimiento efectivo.
La Defensa se opuso al planteo y argumentó que el acusado siempre estuvo a disposición de la Justicia y asistió a todas las audiencias para las que fue citado.
Finalmente, la jueza técnica reconoció la existencia de riesgo de fuga, pero entendió que podía neutralizarse mediante medidas menos gravosas. Por ese motivo, dispuso que el imputado continúe en libertad, con la obligación de realizar presentaciones periódicas ante la Oficina Judicial y con prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.
La audiencia de cesura, en la que se definirá la pena, fue fijada para el jueves 3 de septiembre, a las 14 horas.
Por qué se difunden solo las iniciales
El Ministerio Público Fiscal aclaró que, en casos de abuso sexual intrafamiliar, los imputados son identificados únicamente mediante sus iniciales para proteger la identidad de las víctimas.
Según explicó el organismo, revelar el nombre del acusado podría permitir la identificación indirecta de la persona damnificada por parte de su entorno, por lo que esta práctica busca evitar la revictimización y resguardar su intimidad. El anonimato, aclaró la institución, no se aplica en casos de abuso sexual no intrafamiliar.




