DEUDAS

¿Tenés deudas? Desde el 31 de agosto los bancos podrán debitarlas de Mercado Pago y otras billeteras

¿Tenés deudas? Lo que sí y lo que no podrán hacer los bancos con tu Mercado Pago desde el 31 de agosto
El lunes entra en vigencia el "Cobro con Transferencia", el mecanismo que el Banco Central creó para que las cuotas de los préstamos se debiten directamente de cuentas y billeteras virtuales. Alcanza solo a los créditos nuevos, exige autorización previa y se puede dar de baja en cualquier momento. Nace, además, con casi todo el sistema financiero en contra. Los datos: en Chubut, uno de cada cuatro deudores está en mora.
Desde el lunes 31 de agosto rige en todo el país el Cobro con Transferencia (CCT), un mecanismo que permite a bancos y fintech debitar las cuotas de un préstamo directamente de la cuenta bancaria o de la billetera virtual del deudor, incluso si esa cuenta está en otra entidad. Lo creó el Banco Central mediante la Comunicación "A" 8406, del 2 de marzo de este año, y su implementación es obligatoria para las entidades a partir de esa fecha.
La medida circuló esta semana bajo titulares que sugieren que cualquier persona con deudas puede amanecer el lunes con la plata descontada de su Mercado Pago. No es así. La norma es bastante más acotada de lo que aparenta, y conviene leer la letra chica antes de asustarse -o antes de firmar un crédito nuevo.
QUÉ ES EXACTAMENTE EL CCT
Es, en los hechos, un débito automático mejorado y que funciona entre entidades distintas. Hasta ahora, si sacabas un préstamo en un banco, ese banco solo podía debitarte la cuota de una cuenta propia. Con el CCT, la cuota puede salir de un CBU o de un CVU de billetera virtual, sin importar dónde esté el dinero.
El sistema reemplaza al Debin recurrente, que el propio Central había discontinuado en 2022.
LA LETRA CHICA: SEIS CONDICIONES

  1. Requiere tu autorización expresa. El deudor tiene que vincular la cuenta mediante un procedimiento técnico específico. Sin ese consentimiento, no hay débito posible.

  2. Se puede dar de baja cuando quieras. La autorización es revocable en cualquier momento y con efecto inmediato, desde el canal electrónico de la entidad. También se puede cambiar la cuenta de la que sale el dinero.

  3. Te tienen que avisar antes. Las entidades están obligadas a notificar al día hábil anterior de cada débito, por mail, SMS o app.

  4. Hay un límite de intentos. Un intento principal y dos reintentos, a las 48 y a las 96 horas. Después, se acabó.

  5. Solo cuotas fijas e iguales. El CCT no admite cuotas variables, ni acumular punitorios, ni sumar cargos. Y la relación cuota/ingreso no puede superar el 30% al momento de otorgar el crédito.

  6. Hay plata que queda afuera. No se puede debitar de cuentas remuneradas, de fondos comunes de inversión ni de tenencias en dólar MEP. Tampoco alcanza a billeteras no interoperables.
    EL DATO QUE CAMBIA TODO: SOLO CRÉDITOS NUEVOS
    Acá está la clave que se pierde en la mayoría de las coberturas. El CCT aplica exclusivamente a los créditos que se otorguen a partir del 31 de agosto de 2026. No habilita a ningún banco ni a ninguna fintech a debitar una deuda vieja, una cuota atrasada de un préstamo ya vigente o un saldo de tarjeta impago.
    Si tenés una deuda en mora hoy, el lunes no cambia nada para vos. Lo que podría ocurrir más adelante es que las entidades ofrezcan refinanciaciones de deudas morosas bajo esta modalidad -es decir, que te propongan un acuerdo nuevo con débito automático incorporado-, pero eso también requeriría tu consentimiento.
    LO QUE EL CCT NO ES: UN EMBARGO
    La confusión entre ambas cosas es lo que más ruido hizo esta semana, y vale distinguirlas con precisión.
    Para cobrarte una deuda ya caída contra tu voluntad, un acreedor necesita orden judicial. Ningún banco, financiera o estudio de cobranzas puede retener un sueldo por decisión propia. Las llamadas, los mensajes intimidatorios y las cartas documento no son un embargo.
    Y cuando el embargo llega, tiene topes. El Decreto 484/87 establece que el Salario Mínimo Vital y Móvil es intangible: sobre esa porción no se puede tocar nada. Del excedente se puede retener hasta el 10% si el ingreso no supera dos SMVM, y hasta el 20% si lo supera. La única excepción son las deudas por cuota alimentaria, que pueden perforar ese piso.
    Las deudas de tarjeta de crédito, además, prescriben a los tres años desde la mora. En la práctica es difícil que ocurra: cualquier pago parcial o acción judicial reinicia el conteo.
    En criollo: el CCT es contractual, voluntario y hacia adelante. El embargo es judicial, coercitivo y con límites legales. Son dos cosas distintas.
    NACE CON EL SISTEMA FINANCIERO EN CONTRA
    El detalle que menos se contó: el mecanismo arranca el lunes con adhesión mínima. Según el relevamiento del sector, solo el Banco Galicia estaría en condiciones de activar la funcionalidad en la fecha. Las cámaras bancarias pidieron primero una postergación y después directamente la anulación de la norma. Las fintech tampoco muestran entusiasmo.
    Los reparos son operativos y de fondo:
    • La cobranza cruzada es una ilusión. La norma exige que el crédito se haya acreditado en la misma cuenta desde la que se debita. "Ningún banco grande ni Mercado Pago va a aceptar depositarle el monto del crédito propio a un competidor", resumió un banquero a Infobae.
    • El calendario no cierra. Un ejecutivo del sector planteó el caso típico: si la cuota vence el 5, con feriados se estira al 10 y el sueldo entra el 11, los tres intentos se agotan sin cobrar nada.
    • Las cuotas fijas limitan el uso. Al no poder incorporar punitorios ni ajustes, el sistema pierde atractivo para las entidades.
    El Banco Central, conducido por Santiago Bausili, no respondió las consultas periodísticas sobre la implementación antes de la entrada en vigencia. En el mercado coinciden en que el CCT tendrá un uso muy limitado y que no va a mover la aguja de la morosidad.
    EL TELÓN DE FONDO: MORA RÉCORD Y CHUBUT EN EL PELOTÓN ALTO
    La norma se estrena en el peor momento del crédito al consumo en dos décadas.
    Según el último Informe sobre Bancos del BCRA, en junio la morosidad de las familias llegó al 12,8%. En préstamos personales tocó un récord del 16,4%, arriba del 15,9% previo. En tarjetas de crédito bajó al 12,6% desde 13,9%, aunque buena parte de esa mejora se explica por refinanciaciones récord y por deudores reclasificados como irrecuperables, que salen del balance.
    La consultora 1816 advirtió que la mora siguió creciendo en 18 de las 30 principales entidades, y que entre los deudores con atrasos de 31 a 90 días solo el 22,5% logra normalizarse en un año: el 47,6% empeora hasta la peor categoría.
    Un estudio sobre 24 meses del registro del Central pone números a la escala: a junio de 2026 había 5.859.104 argentinos con al menos una deuda en mora. La proporción de deudores atrasados pasó del 13,6% en julio de 2024 al 27,8% en junio de 2026 -se duplicó en dos años-. La deuda mediana ronda los $643.000.
    El desagregado es elocuente sobre quién está peor:
    • Jóvenes de 18 a 25 años: 40,8% en mora. Más de cuatro de cada diez.
    • Créditos rápidos no bancarios: 52,1% de sus clientes atrasados.
    • Financieras de retail: 41,7% en cadenas de electrodomésticos; más del 30% en tarjetas de supermercado.
    • Fintech y billeteras: concentran el 29,4% de las personas en mora, pero solo el 6,2% del monto. Muchas deudas chicas.
    • Bancos tradicionales: 27,1% de los morosos, pero el 45,1% de la plata.
    EL MAPA PROVINCIAL
    Un relevamiento de la consultora Analytica sobre datos del BCRA ubica a Chubut con un 25,6% de deudores con al menos un atraso, en el puesto 12 entre las 24 jurisdicciones del país. Es decir: uno de cada cuatro chubutenses con financiamiento está en mora.
    En la Patagonia el cuadro es peor que el promedio nacional en casi toda la región: Santa Cruz encabeza con 30,2%, sigue Tierra del Fuego con 27,4%, después Chubut con 25,6%, Río Negro con 24,1% y Neuquén con 23,3%.
    En el otro extremo del país, La Rioja lidera el ranking nacional con 35,2%, seguida por San Juan (34,2%), San Luis (34,1%) y Catamarca (34%). Los distritos con menor morosidad son la provincia de Buenos Aires (16,1%) y La Pampa (19,5%).
    QUÉ CONVIENE HACER
    • Si tenés deudas viejas: el CCT no te alcanza. Ante una intimación, verificá que la deuda sea válida y su antigüedad, y no firmes un reconocimiento sin asesoramiento: reinicia la prescripción.
    • Si vas a sacar un crédito después del lunes: preguntá si incluye CCT, desde qué cuenta se debita y qué pasa si ese día no hay fondos. Recordá que la cuota debe ser fija y no puede superar el 30% de tus ingresos declarados.
    • Si ya adheriste y te arrepentís: podés dar de baja el consentimiento en cualquier momento y con efecto inmediato desde el canal electrónico de la entidad. Dar de baja el débito no cancela la deuda: seguís debiendo la cuota.
    • Si recibís una notificación de embargo: consultá a un abogado antes de pagar o de acordar. Los topes del 10% y 20% sobre el excedente del SMVM son legales y no negociables.        

Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal.
Fuentes: Comunicación "A" 8406 del BCRA; Informe sobre Bancos del BCRA (junio de 2026); 

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