Economía

Desde el lunes, bancos y billeteras virtuales podrán debitar automáticamente las cuotas de préstamos

El Banco Central confirmó la entrada en vigencia del sistema "Cobro por Transferencia", que permitirá cobrar las cuotas de nuevos créditos directamente desde la cuenta donde fueron acreditados, siempre con autorización previa del cliente.

A partir del lunes 31 de agosto, los bancos y las billeteras virtuales podrán utilizar el sistema Cobro por Transferencia, una herramienta impulsada por el Banco Central (BCRA) que permitirá debitar automáticamente las cuotas de préstamos digitales desde la cuenta donde el cliente recibió los fondos.

La medida busca mejorar la cobranza de créditos y reducir los niveles de morosidad en el sistema financiero. El mecanismo será aplicable únicamente a nuevos préstamos y requerirá el consentimiento previo del usuario al momento de solicitar el financiamiento.

Según la normativa del Banco Central, las cuotas deberán mantener un importe fijo durante toda la vigencia del crédito y no podrán superar el 30% de los ingresos del tomador, con el objetivo de evitar situaciones de sobreendeudamiento.

De esta manera, si una persona solicita un préstamo a través de un banco o una billetera virtual y decide acreditarlo en una cuenta de otra entidad, quien otorgó el crédito podrá cobrar las cuotas desde esa misma cuenta en caso de incumplimiento.

La regulación también establece una serie de resguardos para los usuarios. Las entidades deberán informar el débito con al menos un día de anticipación y solo podrán realizar un intento inicial de cobro, además de dos reintentos a las 48 y 96 horas. Además, el cliente podrá revocar la autorización en cualquier momento, con efecto inmediato.

Desde el Banco Central señalaron que la herramienta busca modernizar los sistemas de cobranza y reforzar la seguridad de las operaciones financieras.

No obstante, la implementación genera cuestionamientos entre bancos y fintech. Algunas entidades solicitaron postergar la entrada en vigencia al considerar que todavía quedan aspectos técnicos por resolver.

Entre las principales observaciones figura que el débito solo podrá realizarse sobre la cuenta donde fue acreditado el préstamo. También plantearon limitaciones vinculadas con las cuentas remuneradas, los fondos comunes de inversión y las operaciones con dólar MEP, cuyos saldos no podrán utilizarse para efectuar los débitos automáticos.

Temas de la nota: