Argentina

Reforma del Estado: Privatizaciones 138 a favor, 111 en contra

Dentro del Capítulo Reforma del Estado se encuentran las privatizaciones. La iniciativa declara sujetas a privatización a algunas empresas públicas.

abcdiario

En el debate en comisiones fue retirada del proyecto la posibilidad de privatizar el Banco Nación, algunos aspectos de la reforma laboral (como la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos) y las modificaciones sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES.

Dentro del capítulo referido a la "reforma del Estado" se incluyen las privatizaciones. El proyecto declara empresas sujetas a privatización a Aerolíneas Argentinas SA, Energía Argentina SA, Radio y Televisión Argentina SE, e Intercargo SAU. También declara sujeta a privatización a Nucleoeléctrica Argentina SA y a Yacimientos Carboníferos de Río Turbio, aunque en estos 2 casos establece que el Estado debe mantener el control o la participación accionaria mayoritaria.

Por otro lado, se propone un esquema de concesión privada para las empresas Agua y Saneamientos Argentinos SA, Correo Oficial de la República Argentina SA, Belgrano Cargas y Logística SA, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOFSE) y Corredores Viales SA.

En el plano laboral, la reforma quedó acotada a 17 artículos. El artículo referido a la cuota sindical, resistido por los sindicatos, fue dejado de lado. En el DNU 70/2023, cuyo fragmento laboral fue frenado por la Justicia, se limitaba el descuento compulsivo de la cuota sindical que aportan los trabajadores registrados (afiliados o no). Además, se eliminó el artículo que establecía que la participación en bloqueos o tomas de establecimiento era razón de "justa causa" de despido. También se mantiene la "ultraactividad" de los convenios colectivos de trabajo, que el DNU buscó eliminar.

El Título IV del texto está destinado a la "promoción del empleo registrado" en el sector privado. Este permite a los empleadores regularizar vínculos laborales que comenzaron antes de que la ley entre en vigor, concediéndoles un período de 90 días para hacerlo. Los empresarios quedarán eximidos de cualquier acción legal y deudas relacionadas con infracciones, multas y sanciones, y también serán eliminados del Registro de Sanciones Laborales.

El Título V de modernización laboral quedó comprimido respecto de la versión original. Entre las principales medidas aparece la extensión del período de prueba y la creación de un fondo de cese laboral optativo -a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones.

En relación a los períodos de prueba, actualmente son de 3 meses. La propuesta nueva consiste en extenderlos a 6 meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores, y de un año para minipymes de hasta 5 trabajadores.

La empresa solamente podrá contratar a un trabajador bajo la figura del período de prueba una sola vez. La utilización abusiva del período de prueba para evitar la efectivización de un trabajador es pasible de sanciones.

Fuente: Chequeado.com

Temas de la nota: