Confirmaron la condena a un hombre por abusar sexualmente de su hijo de 5 años
La Cámara de Apelaciones ratificó por unanimidad la sentencia dictada en 2025 y validó la declaración del niño en Cámara Gesell. También descartó que hubiera manipulación por parte de la madre.
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena contra un hombre acusado de abusar sexualmente de su hijo de 5 años en Lago Puelo y rechazó los planteos realizados por la defensa.
La resolución ratificó el fallo dictado en septiembre de 2025 y solo modificó un aspecto técnico vinculado a las accesorias legales de la sentencia original.
Los jueces concluyeron que la decisión de primera instancia estuvo debidamente fundamentada mediante un análisis integral de pruebas directas e indirectas, aplicando criterios específicos para casos de abuso sexual infantil.
La Justicia descartó una denuncia manipulada
Uno de los principales argumentos de la defensa apuntaba a desacreditar la denuncia y sostener que existía una motivación económica o una manipulación por parte de la madre del niño.
Sin embargo, la Cámara rechazó esa hipótesis y consideró acreditado que la investigación comenzó a partir de señales detectadas en el ámbito escolar y terapéutico.
Entre los elementos valorados por los magistrados se destacaron los testimonios de docentes y directivos del jardín de infantes, quienes relataron episodios de angustia y rechazo del niño a retirarse con su padre.
También se tuvo en cuenta la intervención de la psicóloga tratante, quien registró conductas alarmantes antes de que se identificara el abuso.
Además, el tribunal señaló que la madre contaba con empleo y que la cuota alimentaria se tramitaba por separado en el fuero de familia, descartando así un interés económico detrás de la denuncia.
Validaron la Cámara Gesell
La Cámara de Apelaciones también confirmó la validez de la declaración realizada por el niño en Cámara Gesell.
La defensa había cuestionado la metodología utilizada durante la entrevista, aunque los jueces concluyeron que se respetaron todas las garantías procesales.
Según el fallo, el relato del menor fue espontáneo, coherente y adecuado para su edad.
Los magistrados también avalaron que la madre permaneciera en el establecimiento, aunque fuera del espacio de declaración, para brindarle contención emocional.
Pericias y respaldo técnico
Otro de los puntos destacados por la Cámara fue el respaldo brindado por los informes psicológicos y periciales incorporados durante el proceso.
El fallo remarcó que incluso el perito de la defensa firmó inicialmente un informe conjunto validando el relato del niño y descartando influencia externa o utilización de un lenguaje impropio para su edad.
Las pericias concluyeron además que el menor tenía capacidad para diferenciar fantasía y realidad y presentaba indicadores emocionales compatibles con situaciones de abuso.
La calificación del delito
Finalmente, la Cámara ratificó la calificación legal del caso como abuso sexual simple agravado por el vínculo, contemplado en el artículo 119 del Código Penal.
Los jueces remarcaron la "marcada asimetría" entre un adulto y un niño de 5 años y sostuvieron que el acusado se aprovechó del vínculo de confianza y parentesco para cometer el hecho.








