Chubut tendrá su propio "REPROCANN" para el uso y cultivo de cannabis medicinal: quiénes podrán inscribirse
El registro provincial dependerá de la Secretaría de Salud y está destinado a residentes que no estén inscriptos en el sistema nacional. La reglamentación fue publicada el 28 de octubre, aunque todavía no se pudo confirmar la apertura de inscripciones.
Chubut dio un paso para implementar su registro provincial de usuarios de cannabis con la publicación del Decreto 1680/2026, que reglamenta la Ley I 790. La norma fue firmada el 26 de octubre y publicada dos días después en el Boletín Oficial, fecha desde la cual establece su vigencia.
El sistema se denomina Registro de Usuarios de Cannabis de Chubut -REUSCCH- y funcionará bajo la Secretaría de Salud. Su finalidad permite compararlo con un "REPROCANN provincial", aunque tiene un nombre y un encuadre propios y no reemplaza al registro nacional.
El artículo 3 de la ley establece que está destinado a personas residentes en Chubut que no estén inscriptas en el REPROCANN y quieran acceder al autocultivo para un tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor, para sí o para un tercero.
La normativa también contempla a quienes cultiven para un familiar o una persona a su cargo, con indicación de un médico matriculado y las autorizaciones correspondientes.
Las ONG, asociaciones y fundaciones de la salud de la provincia podrán inscribirse para vincular usuarios y abastecerlos mediante las modalidades previstas por la ley. Esa actividad deberá cumplir las condiciones de calidad y contar con la indicación del profesional responsable del tratamiento.
Además, la legislación prevé una certificación oficial provincial de acceso al cannabis a través del cultivo. Salud deberá garantizar la inscripción de quienes cumplan los requisitos y resguardar la confidencialidad de sus datos personales.
La creación del registro no supone una autorización automática para cultivar. La propia ley exige cumplir las normas nacionales y provinciales vigentes y contar con el permiso correspondiente. Tampoco implica una habilitación general para el uso recreativo.
El REUSCCH fue creado por la "Ley Salomé", aprobada por unanimidad en la Legislatura el 26 de septiembre de 2024 y publicada el 4 de noviembre de ese año. La novedad actual es la reglamentación, que establece el marco para avanzar con su implementación.
La ley había fijado un plazo de 30 días desde su publicación para reglamentarla y de 90 días para poner en funcionamiento el registro y la agencia provincial. El Decreto 1680/2026 se publicó casi dos años después de la publicación de aquella norma.
Dentro del esquema provincial existen dos funciones diferentes. El registro de usuarios estará bajo Salud, mientras que la Agencia Chubutense de Cáñamo Industrial y Cannabis Medicinal -ACCICANN-, en la órbita de Producción, tendrá a su cargo las licencias y autorizaciones administrativas vinculadas con la actividad industrial.
El decreto faculta a ambos organismos a dictar normas aclaratorias y complementarias. También dispone las asignaciones presupuestarias necesarias para su cumplimiento, incluyendo la implementación y el funcionamiento de ACCICANN.
Al cierre de esta nota no se pudo confirmar un canal oficial habilitado para inscribirse en el REUSCCH. La publicación del decreto acredita la aprobación de la reglamentación, pero no demuestra que las solicitudes ya estén siendo recibidas. Por ese motivo, la documentación verificada no permite precisar los formularios, los plazos de resolución ni las condiciones particulares del trámite. La fecha de apertura y las instrucciones para los usuarios deberán confirmarse a través de la Secretaría de Salud.








