Crimen de Thiago: la fiscalía reveló chats que complican a la madre
El fiscal penal Daniel Espilocín cuestionó duramente la resolución del juez Antonio Pastrana. Argumentó que resulta "contrario a la lógica" calificar el hecho como culposo y reveló chats del celular de la imputada que comprobarían que encubrió agresiones previas contra el niño.
La causa por el trágico homicidio del pequeño Thiago Altamirano (19 meses), ocurrido en junio pasado en Salta, sumó un fuerte revés judicial luego de que la Fiscalía interpusiera un formal recurso de apelación contra la prisión domiciliaria otorgada a la madre de la víctima.
El planteo fue presentado por el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Daniel Espilocín, quien busca revocar el fallo dictado el pasado 22 de octubre por el juez de distrito Centro, Antonio Pastrana. Dicho magistrado le había concedido el beneficio domiciliario a Milagro Medina (19), imputada por homicidio agravado por el vínculo, y dictado una preventiva de solo 30 días para su pareja y padrastro del niño (32), acusado de homicidio agravado por alevosía.
Las críticas al fallo y la hipótesis de la "asfixia culposa"
En su escrito, al que tuvo acceso el Ministerio Público Fiscal, Espilocín cuestionó severamente la fundamentación de la resolución judicial. Argumentó que el juez no justificó de qué manera una medida domiciliaria lograría neutralizar el evidente peligro de fuga, teniendo en cuenta la gravedad de los delitos y las elevadas penas en expectativa.
Uno de los puntos más objetados por la fiscalía fue la consideración del magistrado de que la muerte del niño "podría obedecer a comportamientos culposos". Para el fiscal, esta afirmación carece de sustento probatorio y desafía la lógica jurídica:
"Resulta contrario a la lógica y hasta difícil de deducir cómo una asfixia mecánica provocada tapando la boca y la nariz de un menor pueden ser consecuencia de un comportamiento culposo", sentenció Espilocín.
Chats reveladores y complicidad
La autopsia realizada al cuerpo de Thiago determinó que falleció a causa de una insuficiencia respiratoria provocada, presentando lesiones compatibles en el labio y el cuello. Además, los análisis del Servicio de Biología Molecular confirmaron el hallazgo de material genético del padrastro en el cuerpo del menor.
Bajo la hipótesis fiscal, al hombre se le endilga haber provocado la muerte mediante maniobras de asfixia y sofocación, mientras que a la madre se le reprocha una grave conducta omisiva.
Para sostener la necesidad de que la mujer regrese a la cárcel, la fiscalía incorporó nuevas pruebas clave: conversaciones extraídas de su teléfono celular que demuestran que ella estaba al tanto de episodios previos de violencia física ejercida por su pareja contra el niño -que le habían dejado marcas en el rostro-, y que optó por encubrirlos atribuyéndolos falsamente a un accidente doméstico.
El trágico antecedente y el pedido de nulidad
El expediente se remonta al pasado 22 de junio, cuando el niño fue llevado por su madre al hospital Papa Francisco y, ante la extrema gravedad de su cuadro, derivado de urgencia en código rojo al hospital Materno Infantil, nosocomio al que ingresó sin signos vitales.
Ante el cúmulo de irregularidades detectadas en la resolución del juez Pastrana, la Fiscalía solicitó formalmente la nulidad de la medida y requirió que se dicte la prisión preventiva por el plazo de cuatro meses para ambos imputados, a fin de garantizar el avance de la investigación sin riesgos procesales.








